POZO/CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR DE LOS ANDES
Rol
Fecha
20 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que a Folio uno Comparece JORGE ALFONSO POZO MUTTEL, empleado, domiciliado en Manuel Recabarren 03771 de Temuco, quien dice: Que, interpone acción de protección en contra de C.C.A.F. LOS ANDES, representada por don NELSON ROJAS, en su calidad de Gerente General y ambos domiciliados en Arturo Prat 829 de Temuco, en base a los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de Derecho que a continuación expone, señalando que la recurrida ha procedido al cobro, vía descuento de sus remuneraciones, de una deuda por un crédito que jamás contrajo con dicha entidad, ocasionándome un perjuicio patrimonial considerable. Agrega que dichos descuentos, datan desde el mes de MAYO del año 2017 al mes de JULIO del presente año, lo cual suma hasta el día de hoy, $953.226.- y que se traduce en el perjuicio económico que se me ha ocasionado hasta el momento de la interposición de la presente acción de protección. Estima que lo antes señalado, importa una privación, perturbación y amenaza, al legítimo derecho de propiedad que poseo sobre sus remuneraciones, el cual está constitucionalmente protegido por el artículo 19 número 24 de nuestra Constitución Política de la República. Señala que es trabajador dependiente de la Fundación Educacional AraucaniAprende desde el mes de MAYO del año 2008, y en razón de ello, me encuentro afiliado a la C.C.A.F. LOS ANDES. Señala que al día de hoy, jamás ha solicitado ni accedido a un crédito con la recurrida C.C.A.F. LOS ANDES, de manera que la ley le permite efectuarme un descuento de mis remuneraciones. Para poder proceder al descuento de sus remuneraciones, la recurrida debe contar con su autorización expresa o un Mandato que él haya otorgado, y que le faculte para proceder a tales descuentos. Indica que a la fecha, se le ha descontado el total de $953.226.- que se traduce en descuentos de $45.502.- mensuales, efectuados desde el mes de MAYO del año 2017, hasta el día de hoy. El descuento en comento, se ha efectuado sin que exista una autorización de su parte, ni consentimiento, y menos una relación jurídica que habilite a la recurrida a actuar de esa manera. Pues bien, dicho actuar, carente de fundamento legal, no puede sino ser catalogado de arbitrario e ilegal, a la luz de lo previsto en nuestra Carta Fundamental. Señala que el artículo 19 número 24 de la Constitución Política de la República, protege el derecho de propiedad que poseo sobre mis remuneraciones, y el actuar de la recurrida, al carecer de un sustento jurídico que le habilite para proceder a los descuentos señalados, no puede sino constituir un actuar arbitrario e ilegal que debe ser reparado. Termina solicitando se sirva tener por interpuesta acción de protección en contra de C.C.A.F. LOS ANDES, ya individualizada, acogerla en todas sus partes declarando que: (i)el actuar de la recurrida es arbitrario e ilegal y que atenta contra mi derecho de propiedad consagrado en el artículo 19 número 24 de la Constitución Política de la Republica, (ii) ordenando el cese inmediato de los descuentos, y (iii) la restitución de todos los dineros percibidos ilegalmente, a partir del mes de MAYO del año 2017 a razón de $45.502.-mensuales, y los que se sucedan en el futuro por el mismo concepto, con costas. Acompaña a su presentación: Copia de mi liquidación de remuneraciones del mes de JULIO DE 2019. 2°.- A folio 8, co
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del recurso de protección, SE RECHAZA, sin costas, el planteado por don JORGE ALFONSO POZO MUTTEL, en contra de C.C.A.F. LOS ANDES.- Regístrese, notifíquese y archívese. Redacción del Abogado Integrante don Claudio Bravo López. Rol N° Protección-5854-2019 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veinte de marzo de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que a Folio uno Comparece JORGE ALFONSO POZO MUTTEL, empleado, domiciliado en Manuel Recabarren 03771 de Temuco, quien dice: Que, interpone acción de protección en contra de C.C.A.F. LOS ANDES, representada por don NELSON ROJAS, en su calidad de Gerente General y ambos domiciliados en Arturo Prat 829 de Tem
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