SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/AUSTRALIS MAR S.A
Rol
Fecha
18 de marzo de 2020
Materia
PESCA Y ACUICULTURA,INFRACCIONES A LA LEY DE
Resultado
DE FALLO
Fallo
se declara: Atendido lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 64 del Código de Procedimiento Civil, como se pide a la suspensión de procedimiento solicitada, por el tiempo pedido, esto es, 30 días. Teniendo presente el lapso por el cual se ha solicitado la suspensión del procedimiento, déjese sin efecto el decreto de autos en relación de fecha 24 de Febrero de 2020. Devuélvase al Tribunal de origen, el que lo reelevará en su oportunidad. Elimínese del rol. Rol N° 15-2020 (Civil).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, dieciocho de Marzo de dos mil veinte. Con la cuenta del señor Relator y resolviendo la presentación que antecede, se declara: Atendido lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 64 del Código de Procedimiento Civil, como se pide a la suspensión de procedimiento solicitada, por el tiempo pedido, esto es, 30 días. Teniendo presente el lapso por el cual se ha solicitado la suspensión del
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