6º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ CHRISTOPHER ALEJANDRO CARRASCO PALMA

Rol

Fecha

18 de marzo de 2020

Materia

ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes Teniendo únicamente presente que los antecedentes expuestos en estrados dan cuenta de la concurrencia de los supuestos del artículo 140 del Código Procesal Penal, en sus letras a) y b). En efecto aun cuando originalmente no se contara con la versión de la víctima, los demás antecedentes que en esta etapa procesal existen, a saber declaraciones de funcionarios y transeúntes, unido a la información recopilada por la Fiscal a cargo de la investigación que se contacta con víctima y testigo, y

Fundamentos

considerando que tales personas debieron abordar un bus con destino al sur, sumado a la recuperación de la especie en poder de uno de los imputados conducen a concluir que existen antecedentes que justifican la existencia del delito que se investiga y presumir fundadamente que los imputados han tenido participación como autores en dicho delito. La necesidad de cautela, surge del hecho de haber actuado en grupo o pandilla, la forma de comisión del delito, así como de los antecedentes pretéritos que registran ambos imputados, los que evidencian su conducta refractaria al ordenamiento jurídico, lo que lleva a considerar que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

Fallo

Por estas consideraciones se revoca la resolución en alzada de fecha dieciséis de marzo del año dos mil veinte, dictada, en audiencia, por la magistrada del 6° Juzgado de Garantía de Santiago, Claudia Ximena Godoy Aspee, y en cambio se decide que Christopher Carrasco Palma y Nicolás Valdés Escalona quedan sujetos a prisión preventiva por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Comuníquese. N° 1447-2020. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, dieciocho de marzo de dos mil veinte. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-1447-2020 Ruc: 2000288993-6 Rit : O-1736-2020 Juzgado: 6º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señora Adelita Ines Ravanales Arriagada, señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Francisco Javier Ovalle Aldunate Relator: Jessica Zúñiga Cáceres. Digitador (a

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