ITAÚ CORPBANCA S.A./MOLINA
Rol
Fecha
19 de marzo de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1. Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación deberá contener los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya y las peticiones concretas que se formulan. Asimismo, y conforme al mismo precepto, en aquellos casos en que la apelación se interponga con el carácter de subsidiaria de la solicitud de reposición, no será necesario fundamentarla ni formular peticiones concretas, siempre que el recurso de reposición cumpla con ambas exigencias 2. Que el recurso de reposición con apelación subsidiaria no cumple con las exigencias señaladas precedentemente, toda vez que carece de fundamentación, tanto en el hecho como en el derecho, razón por la cual el recurso de apelación sometido a conocimiento de esta Corte no podrá ser admitido a tramitación. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 189 y 213 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto la parte demandada con fecha treinta y uno de enero de dos mil veinte (folio N° 20, cuaderno principal), en contra de la resolución que recibió la causa a prueba, de diecisiete de enero de dos mil veinte. Comuníquese. N°Civil-2189-2020.
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, diecinueve de marzo de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: 1. Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, la apelación deberá contener los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya y las peticiones concretas que se formulan. Asimismo, y conforme al mismo precepto, en aquellos casos en qu
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