SIN INFORMACION

VALENZUELA LAVIN MAGALY/ESQUIVEL SANTANDER PEDRO- (LTE)

Rol

Fecha

17 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Recurre de hecho la abogado Magaly Valenzuela Lavín, en representación de Victoria Valenzuela Lavín, contra resolución dictada el 2 de julio del 2019 por el juez árbitro sr. Pedro Esquivel, que negó lugar al recurso de apelación que interpuso respecto de la resolución de 24 de junio del 2019, que fija fecha y hora de remate para el 17 de julio del mismo año.- Señala que esa resolución, en definitiva, es susceptible de apelación de acuerdo a los artículos 187 y 194 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, atendido que es una sentencia interlocutoria de segundo grado, que sirve de base para la dictación de una sentencia definitiva, en este caso, laudo y ordenata. Por otro lado, en el primer comparendo de este juicio arbitral se acordó que el juicio de partición se regiría por las normas del juicio ordinario civil de mayor cuantía, cuestión que reafirma la procedencia del recurso de apelación respecto del fallo de un incidente. Segundo: Que evacua informe el árbitro Pedro Esquivel Santander, árbitro de derecho, señalando, en resumen, que no existía razón para conceder un recurso de apelación respecto de resoluciones que promueven el curso progresivo de los autos, ni infringen disposiciones, acuerdos u otros que lo impidan. Tercero: Que del examen de los antecedentes se observa que la resolución apelada por el recurrente de hecho, en cuanto fija fecha para el remate, es un simple auto o decreto, que por lo mismo, no es apelable, pues no se encuentra dentro de los casos de excepción que contempla el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso será rechazado. Por ello, de acuerdo a lo establecido por los artículos 186, 187, 188 en relación al artículo 203 todo del Código de Procedimiento civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por la abogada Magaly Valenzuela Lavin, por cuanto la apelación interpuesta por su parte contra resolución del 24 de junio del 2019 es inadmisible. Regístre

Fallo

fallo de un incidente. Segundo: Que evacua informe el árbitro Pedro Esquivel Santander, árbitro de derecho, señalando, en resumen, que no existía razón para conceder un recurso de apelación respecto de resoluciones que promueven el curso progresivo de los autos, ni infringen disposiciones, acuerdos u otros que lo impidan. Tercero: Que del examen de los antecedentes se observa que la resolución apelada por el recurrente de hecho, en cuanto fija fecha para el remate, es un simple auto o decreto, que por lo mismo, no es apelable, pues no se encuentra dentro de los casos de excepción que contempla el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso será rechazado. Por ello, de acuerdo a lo establecido por los artículos 186, 187, 188 en relación al artículo 203 todo del Código de Procedimiento civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por la abogada Magaly Valenzuela Lavin, por cuanto la apelación interpuesta por su parte contra resolución del 24 de junio del 2019 es inadmisible. Regístrese y comuníquese. N°Civil-8916-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de marzo de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Recurre de hecho la abogado Magaly Valenzuela Lavín, en representación de Victoria Valenzuela Lavín, contra resolución dictada el 2 de julio del 2019 por el juez árbitro sr. Pedro Esquivel, que negó lugar al recurso de apelación que interpuso respecto de la resolución de 24 de junio del 2019, que

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