ARELLANO PAZ, RAUL ERNESTO CON SALAZAR DURAN, MAURICIO JAVIER
Rol
Fecha
17 de marzo de 2020
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PREPARATORIA
Resultado
CONF.CON DECL/REVOCADA/CONFIRM
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente que al resolver el tribunal a quo dejar sin efecto la medida prejudicial decretada correspondía ordenar al Conservador de Bienes Raíces correspondiente la cancelación de dicha anotación marginal, y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve, transcrita íntegramente en la carpeta digital, con declaración que se ordena notificar el alzamiento de la medida prejudicial precautoria ordenada con fecha 12 de junio de 2019 al Conservador de Bienes Raíces respectivo. Devuélvase. EN CUANTO A LA APELACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE FOLIO 04 ROL INGRESO DE ESTA CORTE N° 1505-2019: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente que el demandado ha deducido en el segundo otrosí de escrito de fecha 24 de septiembre de 2019 oposición a la medida precautoria decretada el 17 de septiembre de 2019, correspondiendo dar tramitación incidental a la misma, en conformidad al Artículo 302 del Código de Procedimiento Civil, en relación en este caso al artículo 82 de dicho cuerpo normativo, ya sea otorgando el traslado respectivo o fundando la negativa, y conforme lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se REVOCA la resolución apelada de fecha catorce de octubre de dos mil diecinueve, transcrita íntegramente en la carpeta digital, en cuanto no dio lugar a la oposición al haberse concedido de plano la medida precautoria decretada en autos, y en su lugar, se resuelve que se concede traslado a la contraparte para exponer lo pertinente. Devuélvase. EN CUANTO A LA APELACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE FOLIO 23 ROL INGRESO DE ESTA CORTE N° 1415-2019: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha diecisiete de septiem
Fallo
se resuelve que se concede traslado a la contraparte para exponer lo pertinente. Devuélvase. EN CUANTO A LA APELACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE FOLIO 23 ROL INGRESO DE ESTA CORTE N° 1415-2019: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha diecisiete de septiembre de dos mil diecinueve, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Devuélvase. Rol N° 1415-2019 y acumulada Civil.- Pronunciado por la Primera Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por los Ministros suplentes señora Caroline Turner González, señor Jorge Corrales Sinsay y el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi. La Serena, a diecisiete de marzo de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
La Serena, diecisiete de marzo de dos mil veinte. EN CUANTO A LA APELACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE FOLIO 22 ROL INGRESO DE ESTA CORTE N° 1505-2019: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente que al resolver el tribunal a quo dejar sin efecto la medida prejudicial decretada correspondía ordenar al Conservador de Bienes Raíces correspondiente la cancelación de dicha a
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