SIN INFORMACION

FONTECHA/UNIVERSIDAD DE AYSEN

Rol

Fecha

17 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: Se presentó doña Jeimy Linda Fontecha Jiménez, periodista, domiciliada en Campo Alegre número 723, de Coyhaique, quien, en ejercicio del derecho que le confiere el artículo 20, de la Constitución Política de la República, recurre de protección en contra de la Universidad de Aysén, representada por su Rectora doña Natacha Alejandra Pino Acuña, ingeniero civil industrial, o por quien le subrogue o represente legalmente o haga las veces de tal, por incurrir en un acto arbitrario e ilegal, específicamente, por la dictación del Decreto Universitario Exento N° 2015/2019, del 29 de Noviembre del año 2019, en virtud del cual se dispuso la renovación o prórroga de contrata, profesional, grado 8, de la recurrente para el año 2020, desde el 1° de Enero y sólo hasta el 30 de Abril del año 2020, sosteniendo que se habrían vulnerado las garantías y derechos fundamentales consagrados en los números 2 y 24, del artículo 19, de la Constitución Política del Estado, solicitando a este Ilustrísimo Tribunal que, acogiendo su recurso, se ordene: “restablecer el imperio del Derecho conculcado, al haber transgredido mis derechos através de una conducta ilegal y arbitraria que siguió la Rectora de la Universidad de Aysén, al no prorrogar mi contrata por la anualidad que correspondía, esto es, por los 12 meses del año 2020 como venía produciendo en los años anteriores, sin causa legal, afectando mi cargo, en específico mi estabilidad en el empleo y mis remuneraciones, ambos protegidos por la garantía de propiedad del artículo 19 N° 2, 19 N°24 y por el artículo 21 de la Convención Americana de Derechos Humanos y en lo dispuesto en el artículo 5° inciso segundo del decreto universitario afecto N° 009/2018 de la universidad de Aysén, Reglamento del Personal de Colaboración, instruyendo lo siguiente: a) Que, se deje sin efecto el Decreto Universitario Exento N° 2025/2019 de fecha 29 de noviembre de 2019, que dispuso la NO renovación de mi contrata para toda la anualidad del año 2020, sin

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la recurrente de protección, funda su acción cautelar, indicando que interpone su acción a consecuencia de que la recurrida dispuso la renovación o prórroga de su contrata, Profesional, grado 8 de la escala de remuneraciones de la Universidad de Aysén para el año 2020, a contar del día 01 de Enero de 2020, pero sólo hasta el día 30 de Abril de 2020, mediante el Decreto Exento N° 2025/2019, suscrito por la Rectora, doña Natacha Alejandra Pino Acuña. Sostuvo que el acto es arbitrario y también ilegal, por carecer de una debida justificación y motivación, no fue un acto o resolución fundado y contraviene la jurisprudencia e instrucciones de la Contraloría General de la República, lo que amenaza, lesiona y vulnera su garantía de igualdad ante la ley y su derecho de propiedad, con infracción al principio de la confianza legítima. Indicó que ingresó al cargo de Encargada de Comunicaciones y Protocolo de la Universidad de Aysén, mediante concurso público, ingresando a la planta de profesionales, con el grado 8 de la escala de Sueldos de las Universidades Estatales, a contar del día 6 de Febrero del año 2017; contrata renovada para los años 2018 y 2019, produciéndose la tercera renovación sólo hasta el 30 de Abril del año 2020. Manifestó que sus funciones, por 44 horas semanales, eran las de Encargada de Comunicaciones y Protocolo, dependiente de la Rectora de la Universidad, sin embargo en el mes de Octubre se le modificaron las funciones y dependencia. Hizo presente que en la Dirección de Vinculación con el Medio también había una periodista, doña Paula Álvarez, con grado 11, la Rectora anterior decidió traspasar a dicha periodista a trabajar con la recurrente, quedando ésta como coordinadora por ser de mayor grado y experiencia profesional. Explicó que en Julio del año 2019 se realizó el proceso de campaña para la elección de una nueva Rectora para la Universidad de Aysén, compitiendo la Rectora doña María Teresa Marshall Infante y la recurrida apoyada por la periodista doña Paula Álvarez. Mientras se desarrollaba la campaña, se decidió pasar la unidad de comunicaciones, que dependía de Rectoría, a la dependencia de Vinculación con el Medio. Con fecha 24 de Julio del año 2019, doña Natacha Pino Acuña es elegida como nueva Rectora, asumiendo en Septiembre del año 2019, ese mismo mes asume la nueva Directora de Vinculación con el Medio, doña María Patricia Baeza, y como Secretaria General, doña Pía Grandón Cárdenas. En su devenir explicó la recurrente que se la ignoraba por parte de la nueva jefatura, quien, en el mes de Octubre le informa que doña Paula Álvarez pasaría a ser la encargada de comunicaciones y a la recurrente se la designó como encargada de comunicaciones internas y protocolo, aduciendo que ella no tenía un magister, aludiendo que había ganado un concurso que no lo exigía, prometiéndole la Rectora actual que precisaba de sus funciones, que no se le rebajaría el grado y que podría especializarse el año 20

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales se resuelve que: I.- Que, SE ACOGE, con costas, el recurso de protección deducido por doña Jeimy Linda Fontecha Jiménez, R.U.T. número 13.970.084-8, en contra de la Universidad de Aysén, representado por doña Natacha Alejandra Pino Acuña, y en consecuencia se deja sin efecto el Decreto Universitario Exento número 2025/2019, de fecha veintinueve de Noviembre del año dos mil diecinueve, dictado por la rectora de la precitada Universidad. II.- Que, atendido lo resuelto, la recurrida deberá disponer la inmediata renovación de la contrata de la recurrente, en el cargo que servía, estamento profesional, grado 8° de la Escala Universitaria de Sueldos, por todo el año dos mil veinte, debiendo la autoridad recurrida arbitrar las medidas conducentes a pagar los estipendios o remuneraciones que le correspondieren para el evento de que antes de que quede ejecutoriado el presente fallo, se cumpla el Decreto impugnado separando de sus funciones a la recurrente, a partir del día treinta de Abril del año dos mil veinte y hasta su efectiva reincorporación al servicio. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Redactado por el Ministro Titular, don Pedro Alejandro Castro Espinoza. Rol N°: 1123-2019.-

Texto Completo (Preview)

En Coyhaique, a diecisiete de Marzo del año dos mil veinte. VISTOS: Se presentó doña Jeimy Linda Fontecha Jiménez, periodista, domiciliada en Campo Alegre número 723, de Coyhaique, quien, en ejercicio del derecho que le confiere el artículo 20, de la Constitución Política de la República, recurre de protección en contra de la Universidad de Aysén, representada por su Rectora doña Natacha Alejandr

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