SIN INFORMACION

CARVAJAL/SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN/

Rol

Fecha

17 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha catorce de febrero de dos mil veinte comparece Julio Alberto Carvajal Ávila, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, Región de Coquimbo, en virtud de los siguientes antecedentes. Expone ser hijo de don Basilio Segundo Carvajal Carvajal. Destaca que consta de su partida de nacimiento el nombre de su padre y del hecho que sus ambos padres requirieron la inscripción de su nacimiento en el Registro Civil e Identificación. Agrega que con fecha 16 de febrero 2007 falleció su padre, defunción inscrita bajo el Nº 80 del año 2007 en la circunscripción de Coquimbo. Indica que con fecha 10 de diciembre de 2019, presentó la solicitud de posesión efectiva intestada de la herencia quedada al fallecimiento de su padre ante la Oficina del Registro Civil e Identificación de la comuna de Coquimbo. Dicha solicitud quedó ingresada bajo el Nº 844 y fue solicitada en su favor. Señala que por Ordinario N° 951, de fecha 21 de enero de 2020, fue notificado de la Resolución Exenta PE N° 610, de fecha 17 de enero de 2020, que rechaza la solicitud de posesión efectiva presentada, fundándose en lo siguiente: “Revisada la Partida de Nacimiento del solicitante don JULIO ALBERTO CARVAJAL AVILA, se desprende que carece de reconocimiento por parte de don BASILIO SEGUNDO CARVAJAL, de conformidad a la Ley aplicable a la fecha de la inscripción de su nacimiento. El Código Civil en el art. 271 y 272 exigía, en ese entonces, que el reconocimiento de los hijos no matrimoniales se realizara en un acto posterior, mediante manifestaciones expresas de voluntad contenidas en una escritura pública o en un acto testamentario, documentos que debían quedar debidamente subinscritos al margen de la inscripción de nacimiento; y en este caso, no se observa el cumplimiento de tales formalidades. En consecuencia, no es posible conceder la Posesión Efectiva en los términos indicados en la solicitud”. Sostiene que dicha resolución administrativa, del Director Regional del Registro Civil e Identificación de la Región de Coquimbo, es arbitraria e ilegal, al fundarse en normas derogadas, desconociendo su filiación respecto de su padre, y conculca severamente sus garantías constitucionales, consagradas en los números 2° y 24°, del artículo 19 de la Constitución Política del Estado. También entiende que se ve conculcada su verdad biológica y, por ende, el derecho a su identidad personal; derecho implícitamente reconocido en nuestro ordenamiento constitucional en base a lo dispuesto en el artículo 1°, 5° inciso 2 y 19 N° 4 de la Carta Fundamental.

Fallo

Por estas consideraciones solicita se deje sin efecto la Resolución Exenta PE N° 610, de fecha 17 de enero de 2020, que rechazó la solicitud de Posesión Efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Basilio Segundo Carvajal Carvajal y, en consecuencia, se ordene al Servicio de Registro Civil e Identificación dictar la resolución que en derecho corresponda, reconociendo en la referida posesión efectiva a don Julio Alberto Carvajal Ávila, en calidad de hijo, o adoptar las providencias que el Tribunal juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Certificado de nacimiento de don Julio Alberto Carvajal Ávila; 2.- Copia de la Resolución Exenta PE N° 610, de fecha 17 de enero de 2020, que rechazó la solicitud de Posesión Efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Basilio Segundo Carvajal Carvajal, del Director Regional Región de Coquimbo del Servicio de Registro Civil e Identificación; 3.- Partida de nacimiento de don Julio Alberto Carvajal Ávila. SEGUNDO: Que, con fecha veintiséis de febrero de dos mil veinte evacuó informe Arnoldo Herrera Hernández, Director Regional (S) de la Dirección Regional de Coquimbo, en los siguientes términos. Expone, en lo pertinente, que consta en la inscripción de nacimiento del recurrente, N° 799 de la circunscripción de Coquimbo, del año 1941, que en el rubro nombre del padre, se consiga el de don “Basilio Segundo Carvajal” y en el rubro nombre de la m

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Carvajal Ávila, Julio Alberto Servicio de Registro Civil e Identificación Recurso de Protección Rol N° 227-2020.- La Serena, diecisiete de marzo de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha catorce de febrero de dos mil veinte comparece Julio Alberto Carvajal Ávila, interponiendo recurso de protección en contra del Servicio de Registro Civil e Identificación, Región de Coquim

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