ITAU CORPBANCA CON SALVA ARAYA NESTOR RODRIGO
Rol
Fecha
16 de marzo de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE/CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, advirtiendo que se ha deducido apelación en contra de la resolución que recibe una incidencia a prueba y atento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 90, 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha once de octubre de dos mil diecinueve, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Devuélvase. EN CUANTO A LA APELACIÓN ROL N° 1691-2019: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha tres de diciembre de dos mil diecinueve, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Devuélvase. Rol N° 1593-2019 y acumulada Civil.- Pronunciado por la Primera Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por los Ministros suplentes señora Caroline Turner González, señor Jorge Corrales Sinsay y el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi. La Serena, a dieciséis de marzo de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara INADMISIBLE el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de fecha once de octubre de dos mil diecinueve, íntegramente transcrita en la carpeta digital. Devuélvase. EN CUANTO A LA APELACIÓN ROL N° 1691-2019: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 186 y 199 del Código de Procedimiento Civil, se CONFIRMA la resolución apelada de fecha tres de diciembre de dos mil diecinueve, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Devuélvase. Rol N° 1593-2019 y acumulada Civil.- Pronunciado por la Primera Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por los Ministros suplentes señora Caroline Turner González, señor Jorge Corrales Sinsay y el Fiscal Judicial señor Miguel Montenegro Rossi. La Serena, a dieciséis de marzo de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
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La Serena, dieciséis de marzo de dos mil veinte. EN CUANTO A LA APELACIÓN ROL N° 1593-2019: VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, advirtiendo que se ha deducido apelación en contra de la resolución que recibe una incidencia a prueba y atento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 90, 201 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara INADMISIBLE el recurso de apelación dedu
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