SIN INFORMACION

ALVAREZ GUERRERO CRISTINA DEL ROSARIO / POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE (QUINTA NORMAL)

Rol

Fecha

16 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Cristina Álvarez Guerrero, quien interpone recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, afirmando que el día 6 de marzo del año en curso, en horas de la mañana, funcionarios de la recurrida se hicieron presente en el domicilio de calle Marscopio N°6993, comuna de Cerro Navia, ingresando de manera prepotente y agresiva, causando daños en la propiedad, sin entregar antecedente alguno al respecto, pese a las consultas de vecinos del sector. Uno de los arrendatarios, prosigue, intentó dialogar con los funcionarios, pero aquéllos no quisieron entregar información sobre el particular, añadiendo que el vecino les dijo que ahí vivía gente de trabajo y no delincuentes, como también que el domicilio de Santos Medel N°1776 es una iglesia con personalidad jurídica reconocida por el Ministerio de Justicia. Solicita mediante el presente recurso la protección de este último inmueble, que se encuentra en arrendamiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, adoptándose las medidas necesarias para el restablecimiento del imperio del derecho. Segundo: Que la Policía de Investigaciones de Chile evacuó informe al tenor del recurso entablado, afirmando que consultadas las distintas unidades dependientes de esta región policial no se obtuvo antecedentes de algún funcionario que diga relación con los hechos narrados en el recurso. Igualmente, consultadas las bases del departamento de asesoría técnica se estableció que la amparada registra como domicilio el ubicado en calle Santos Medel N°1776, comuna de Cerro Navia, sin que registre órdenes de detención, aprehensión y/o arraigo vigentes en su contra. Tercero: Que del mérito de los antecedentes, en especial lo informado por la recurrida al tenor de los hechos relatados en el recurso, no es posible advertir un actuar ilegal que importe una privación, perturbación o amenaza al ejercicio del derecho a la libert

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el respectivo Auto Acordado, se rechaza el recurso de amparo entablado por Cristina Álvarez Guerrero en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-500-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Mario Rojas González e integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz y el Ministro (s) señor Juan Carlos Silva Opazo.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de marzo de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Cristina Álvarez Guerrero, quien interpone recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, afirmando que el día 6 de marzo del año en curso, en horas de la mañana, funcionarios de la recurrida se hicieron presente en el domicilio de calle Marscopio N°6993, comu

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