MP C/ KENY BRYAN HERNAN BUSTAMANTE REYES
Rol
Fecha
13 de marzo de 2020
Materia
CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que atendido que los antecedentes alegados en estrados, dieron cuenta que primeramente existió una denuncia anónima, que derivó en que los funcionarios policiales concurrieran al lugar de los hechos, donde si bien no constataron personalmente la comisión de un delito, sí conocieron el antecedente referido a una vinculación previa del inmueble que se trata, con la comisión de un ilícito similar al denunciado, antecedente que llevó a que los funcionarios se comunicaran con el fiscal, aspecto que consta en la carpeta investigativa y que se autorizase el ingreso al domicilio denunciado en la medida que aquél fuere voluntariamente aceptado por su morador; finalmente esta última circunstancia también ha sido constatada, toda vez que constan las firmas de los autorizantes en las referidas actas de entrada voluntaria al inmueble. 2.- Que, así las cosas, no se aprecia que el ingreso a este primer domicilio lo hubiere sido con afectación de garantías constitucionales o incumpliendo la normativa legal vigente, toda vez que los funcionarios policiales actuaron dentro del marco legal y su ámbito de competencia. Asimismo, la circunstancia que una vez al interior del inmueble fiscalizado, los funcionarios hubieren tomado conocimiento personal de la comisión de otro delito similar al que constataron, implica un actuar en flagrancia que tampoco afecta la normativa legal vigente. Y conforme lo dispuesto en los artículos 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca, la resolución apelada de fecha diecinueve de febrero de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Garantía de San Fernando, en sus autos RIT 604-2020, en cuanto declaró ilegal las detenciones de los imputados Bustamante Reyes y Bustamante Contreras y, en su lugar, se declara que las mismas se ajustaron a derecho. Comuníquese. Rol I. Corte N° 163-2020- Penal-.
Fallo
se declara que las mismas se ajustaron a derecho. Comuníquese. Rol I. Corte N° 163-2020- Penal-.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, trece de marzo de 2020. Siendo las 11:58 horas ante la Primera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones integrada integrada por el Ministro Titular Sr. Ricardo Pairicán García, el Ministro Interino Sr. José Marinello Federici y la abogada integrante Sra. Luisa Pamela Medina Schulz, se lleva a efecto la audiencia pública del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en cont
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