BANCO DE CHILE/ROMANQUE
Rol
Fecha
12 de marzo de 2020
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACION
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, se alzó en apelación el apoderado de la ejecutante en contra de la resolución dictada por el Juez a quo, de 14 de enero del año en curso, que resolvió acoger su pretensión de compensación del saldo del precio del remate, declarando que éste se encuentra pagado hasta la concurrencia de la deuda de mayor valor. Afirma que la referida resolución causa perjuicio a su representada, en la medida que, si bien a la época de su petición tenía la calidad de deudor por el saldo del precio del remate adjudicado por su parte, a la fecha de expedición de la resolución impugnada, el banco ejecutante ya no poseía tal calidad, pues como da cuenta la liquidación del crédito de 9 de enero de 2020, el ejecutado, adeuda, además, la suma de $2.626.791, ello sin perjuicio del monto por las costas procesales tasadas y personales reguladas, por lo que, en consecuencia, no concurren los presupuestos para la procedencia de la compensación, por lo que pide que se revoque, rechazando dicha pretensión. En subsidio de lo indicado, y para el evento que la resolución sea confirmada, pide que lo sea con declaración, en el sentido que la compensación acogida sea hasta la concurrencia de la deuda de menor valor, si procediere, o la resolución que estime conforme a derecho. SEGUNDO: Que, del análisis de los antecedentes que obran en la causa, es dable colegir los siguientes hechos: 1.- Que, el 6 de enero de 2020, el ejecutante afirmó: a) Que, su parte es acreedora del ejecutado en la suma de 1.429,9227 unidades de fomento, y cuyo valor, a dicha fecha, ascendía a la suma de $40.488.861. b) Que, su parte se adjudicó la propiedad del ejecutado por la suma de $42.500.000, ello con cargo al crédito antes referido. c) Que, su parte adeuda al ejecutado, el saldo del precio de remate, por la suma de $ 2.011.139. d) Que, su representado posee un crédito en contra del ejecutado, según da cuenta la causa Rol C-2145-2018 del tercer Juzgado de Letras de Arica. e) Que
Fallo
Por estas consideraciones y normas legales citadas, se resuelve: Que, SE CONFIRMA la resolución apelada de 14 de enero de 2020, dictada en la causa Rol C-1948-2018 del Primer Juzgado de Letras de esta ciudad, CON DECLARACIÓN que el saldo del precio de la subasta se encuentra pagado por compensación, hasta la concurrencia de la deuda de menor valor. Comuníquese. Rol N° 36-2020 Civil.
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Arica, doce de marzo de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO: Que, se alzó en apelación el apoderado de la ejecutante en contra de la resolución dictada por el Juez a quo, de 14 de enero del año en curso, que resolvió acoger su pretensión de compensación del saldo del precio del remate, declarando que éste se encuentra pagado hasta la concurrencia de la deuda de mayor valor. Afirm
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