SIN INFORMACION

CAMPOS/ZABALA

Rol

Fecha

12 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Sebastián Campos León, estudiante, cédula de identidad N° 19.671.167-8, domiciliado en calle Nicanor Plaza Nº 1936, comuna de La Reina, quien deduce acción constitucional de protección en contra de Zoe Bernardita Micheline Zabala Arroyo, estudiante, cédula de identidad N° 19.838.669-3, domiciliada en calle Bustos N° 2674, comuna de Providencia, en razón del acto que estima ilegal y arbitrario consistente en haber sido objeto de una “funa” en redes sociales, imputándosele la comisión del delito de violación. Expone que con la recurrida mantuvo una relación afectiva hasta septiembre de 2016, y que el día 5 de diciembre de 2019, es decir, después de más de tres años, la recurrida publicó una “funa” en la red social Instagram, acusándolo públicamente de haber cometido el delito de violación. Indica que el texto en cuestión ha recibido más de 250 reacciones, trayendo como consecuencia que reciba amenazas de golpes e insultos. Además, la publicación ha llegado a conocimiento de los miembros de su familia, quienes se encuentran consternados y también han recibido amenazas e insultos. Estima que la conducta antes descrita es arbitraria e ilegal toda vez que se le acusa de un delito gravísimo sin que haya ningún tipo de condena, denuncia o investigación en su contra. Agrega que el delito del que se le acusa no se encuentra prescrito, por lo que si ella efectivamente quisiera buscar su responsabilidad penal, haría la acusación (sic) respectiva. En cuanto a la vulneración de garantías constitucionales, sostiene que la conducta antes descrita afecta su derecho al respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia, consagrado en el artículo 19 N° 4 de la Constitución Política de la República. Por lo anterior, solicita que se ordene a la recurrida eliminar de Instagram y de cualquier red social o medio digital, todo tipo de “funa” en la que se le acuse de los delitos graves que se le imputan;

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso deducido por Sebastián Campos León, en contra de Zoe Bernardita Micheline Zabala Arroyo. Regístrese y archívese. N°Protección-181600-2019. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Rojas Moya e integrada por el Ministro señor Juan Antonio Poblete Méndez y por el Abogado Integrante señor Rodrigo Asenjo Zegers. En Santiago, a doce de marzo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de marzo de dos mil veinte. A los escritos folios 13 y 14, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Sebastián Campos León, estudiante, cédula de identidad N° 19.671.167-8, domiciliado en calle Nicanor Plaza Nº 1936, comuna de La Reina, quien deduce acción constitucional de protección en contra de Zoe Bernardita Micheline Zabala Arro

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