1º JUZGADO DE LETRAS DE PUERTO VARAS

TRANSELEC CONCESIONES S.A./

Rol

Fecha

11 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: El mérito de autos, estimándose por estos sentenciadores que si bien la gestión se agota con la notificación al propietario del predio sirviente del valor de tasación fijado por la respectiva Comisión, ello no obsta a la interposición de la reclamación prevista por el artículo 68 de ley de Servicios Eléctricos, la cual -en atención a los breves plazos fijados en el cuerpo legal respectivo- puede y debe ser reconducida por el Tribunal del grado en forma administrativa, se revoca la resolución en alzada de fecha 26 de julio de 2019 y, en su lugar, se declara que el Tribunal de la instancia deberá digitalizar la reclamación interpuesta, creándose un nuevo rol de ingreso, para luego pronunciarse respecto de admisibilidad de la reclamación, en atención a su propio mérito. Devuélvase Rol Civil 972-2019

Fallo

se declara que el Tribunal de la instancia deberá digitalizar la reclamación interpuesta, creándose un nuevo rol de ingreso, para luego pronunciarse respecto de admisibilidad de la reclamación, en atención a su propio mérito. Devuélvase Rol Civil 972-2019

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Puerto Montt, once de marzo de dos mil veinte Visto: El mérito de autos, estimándose por estos sentenciadores que si bien la gestión se agota con la notificación al propietario del predio sirviente del valor de tasación fijado por la respectiva Comisión, ello no obsta a la interposición de la reclamación prevista por el artículo 68 de ley de Servicios Eléctricos, la cual -en atención a los breves

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