JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUERTO CISNES

WERNLI/HERNÁNDEZ

Rol

Fecha

11 de marzo de 2020

Materia

REIVINDICACIÓN

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que los alegatos vertidos por el abogado de la parte demandada no lograron desvirtuar los

Fundamentos

fundamentos de la resolución apelada, los que son compartidos por esta Corte, y considerando, además, que la resolución atacada fue dictada y notificada el 21 de octubre de 2019 e impetrado el incidente de nulidad el 05 de noviembre de 2019, habiendo transcurrido el plazo dispuesto en el artículo 83 del Código de Procedimiento Civil, resultando éste extemporáneo, SE CONFIRMA la resolución de catorce de noviembre de dos mil diecinueve, mediante la cual se rechazó incidente de nulidad planteado por el abogado don José Cáceres Olave, en contra de la resolución que dispuso la medida precautoria de prohibición de celebrar actos y contratos respecto de los predios de autos. Devuélvase. Rol N° 14-2020.

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Coyhaique, once de marzo de dos mil veinte. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que los alegatos vertidos por el abogado de la parte demandada no lograron desvirtuar los fundamentos de la resolución apelada, los que son compartidos por esta Corte, y considerando, además, que la resolución atacada fue dictada y notificada el 21 de octubre de 2019 e impetrado el incident

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