IVON GATICA MANCILLA Y OTROS/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
11 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Primero: Que a fojas 1 comparece el habilitado en derecho Mauricio Fariña González, en representación de Ivón Gatica Mancilla, domiciliada en avenida Imperial, Block 1215, depto. 28, de doña Nicole Navarrete Gatica, domiciliada en avenida Imperial, block 1215, depto. 36 y de don Rodrigo Muñoz Cofré, domiciliado para estos efectos en avenida Pedro Montt 1631, oficina 19, e interpone recurso de amparo con el objeto que se restablezca el imperio del derecho decretando que el actuar de la Policía de Investigaciones es ilegal. Expone que el día 20 de febrero del presente año se realizaron distintos allanamientos del block 1215 de avenida Imperial de la comuna del Bosque, incluyendo los departamentos de las personas en cuyo favor se recurre. Señala que al hacer ingreso al primero de los inmuebles los funcionarios señalaron que se encontraban buscando a don Rodrigo Muñoz Cofre, y ante ello Ivón Gatica Mancilla expresó que la persona a la que buscaban es la ex pareja de su hija Nicole Navarrete Gatica, quien vive en el segundo de los inmuebles allanados. Hace presente que ésta perdió contacto con Muñoz Cofré. Detalla que en el procedimiento los funcionarios jamás expresaron las razones del allanamiento, ni exhibieron orden judicial. Asevera que las afectadas tienen temor a volver a pasar por esta situación, aún sin tener ninguna relación con hecho delictual alguno. Refiere que lo relatado amenaza la garantía consagrada en el número 7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita, en definitiva, restablecer el imperio del derecho en el sentido de declarar que el actuar de la policía de Investigaciones es ilegal en razón de que las afectadas no tienen ningún tipo de participación en hecho alguno constitutivo de delito, ni tampoco tienen conocimiento de la participación del señor Muñoz en algún hecho de esa naturaleza, y se ordene lo que en derecho corresponda. Segundo: Que informa la Jefatura Nacional Antinarcóticos y contra el Crimen Orga
Fundamentos
fundamentos y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en representación de Ivón Gatica Mancilla, de doña Nicole Navarrete Gatica, y de don Rodrigo Muñoz Cofré. Regístrese y en su oportunidad, archívense los antecedentes. Nº 92-2020 – Amparo.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de marzo de dos mil veinte. Vistos: Primero: Que a fojas 1 comparece el habilitado en derecho Mauricio Fariña González, en representación de Ivón Gatica Mancilla, domiciliada en avenida Imperial, Block 1215, depto. 28, de doña Nicole Navarrete Gatica, domiciliada en avenida Imperial, block 1215, depto. 36 y de don Rodrigo Muñoz Cofré, domiciliado para estos efectos en avenida Ped
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica