GONZA MORENO ALEXANDER/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA.-
Rol
Fecha
11 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA (FALLO DEL ACUERDO)
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO.- Que comparece Claudia Vergara Soto, abogada de la Defensoría Penal Pública y deduce recurso de amparo preventivo en favor de ALEXANDER GONZA MORENO, de nacionalidad peruana, en contra del MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, por decretar su expulsión del país de manera ilegal y arbitraria. Señala que el amparado, ingresó a Chile a los 14 años de edad y por sentencia de 11 de abril de 2011 dictada en la causa RIT. N° 18217-2011 del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, fue condenado por el delito de robo con violencia a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio concediéndosele la remisión condicional de la pena por el mismo lapso. Habiendo cumpliendo la pena, al amparado se le notificó en el mes de enero del año 2014 la expulsión del país por Decreto N° 128 de 31 de enero de 2013, decisión que apeló sin éxito. Refiere que durante sus años de permanencia en Chile, el amparado formó una familia, compuesta por su conviviente y su hija chilena, desarrollando estudios de educación secundaria y actividad laboral estable, desempeñándose como maestro eléctrico hasta el día de hoy. La acción de amparo, resulta procedente porque afecta ilegítimamente su derecho a la libertad y el Decreto de expulsión se funda en la causal prevista en el numeral segundo del artículo 15 del Decreto ley N° 1094, que no es aplicable en su caso, ya que el delito por el cual cumplió condena no es de los mencionados en la disposición y tampoco existe la habitualidad en la ejecución que exige la norma, siendo además arbitrario ya que no se sujeta a criterios de justicia y racionalidad, desproporcionado en cuanto a la medida adoptada en su contra que no pondera la afectación para él y su familia que incluso atenta contra el deber constitucional de protección a la familia y atenta contra el principio del interés superior del niño por cuanto la medida conduce a separarlo de su hija menor de edad infringiendo normativa de tratados suscritos
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se declara que SE ACOGE el recurso de amparo deducido por Claudia Vergara Soto en favor de ALEXANDER GONZA MORENO, de nacionalidad peruana, cédula de identidad N° 22.402.475-4, disponiendo que se deja sin efecto a su respecto el Decreto de Expulsión N° 128 de 31 de enero de 2013 del Ministerio del Interior y Seguridad Publica. Acordado lo anterior, con el voto en contra del Ministro Señor Alejandro Rivera Muñoz, quien estuvo por rechazar el recurso por las siguientes razones: 1.- Que de los antecedentes reseñados precedentemente, se desprende que el amparado fue condenado a la pena de 3 años como autor del delito de robo con violencia por sentencia de 11 de abril de 2012, dictada en la causa Rit N° 18217-2011, del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, misma que sirvió de fundamento al Decreto de Expulsión N° 128 de 31 de enero de 2014, mismo que le fue notificado el 26 de febrero de 2014. 2.- Que, el artículo 17 del Decreto Ley N° 1094 que establece Normas Sobre Extranjeros en Chile, estatuye que los extranjeros que hubieren ingresado al país, no obstante encontrarse comprendidos en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 15 o que incurran en alguno de los actos u omisiones señaladas en los números 1, 2 y 4 del artículo indicado, podrán ser expulsados de
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Santiago, once de marzo de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE. PRIMERO.- Que comparece Claudia Vergara Soto, abogada de la Defensoría Penal Pública y deduce recurso de amparo preventivo en favor de ALEXANDER GONZA MORENO, de nacionalidad peruana, en contra del MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, por decretar su expulsión del país de manera ilegal y arbitraria. Señala que el ampa
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