NORMA MARIELA DROGUETT ESPINOZA C/ MAYERLING ALEXANDRA SILVA CADIZ
Rol
Fecha
11 de marzo de 2020
Materia
DAÑOS SIMPLES. ART. 484.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Que, atendido el mérito de la sentencia, consta que el Ministerio Público ejerció la acción penal pública en cumplimiento del mandato constitucional y legal como detentador exclusivo de la misma y en base a la prueba recabada durante la investigación, la que si bien se estimó insuficiente para arribar a un veredicto de condena, ello no justifica imponerle las costas del juicio, por cuanto no se aprecia un ejercicio desproporcionado y arbitrario de la acusación por parte del Órgano Fiscal, todo lo cual justifica eximirlo del pago de las costas, en los términos del artículo 48 del mismo cuerpo legal. Y visto lo dispuesto en los artículos 352 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca, en lo apelado, la resolución de veinticinco de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Graneros, en autos RIT 1699-2019, en cuanto condenó en costas al Ministerio Público y en su lugar se resuelve que se le exime de ellas. Comuníquese. Rol Corte 176-2020.Penal.-
Fallo
se resuelve que se le exime de ellas. Comuníquese. Rol Corte 176-2020.Penal.-
Texto Completo (Preview)
//mjcv-RMR C.A. de Rancagua Rancagua, once de marzo de dos mil veinte. Siendo las 11:05 horas ante la Segunda Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones integrada por el Ministro Titular Sr. Pedro Caro Romero, la Fiscal Judicial Sra. Marcela de Orúe Ríos y la abogado integrante Sra. Pamela Medina Schulz, se lleva a efecto la audiencia pública del recurso de apelación deducido en contra de la resolu
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