PROMOTORA CMR FALABELLA S.A/SAN MARTÍN
Rol
Fecha
11 de marzo de 2020
Materia
CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto: Teniendo presente que el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil no exige acompañar antecedente escrito alguno para preparar la ejecución, como lo ha resuelto la Excma. Corte Suprema en Autos ROL N°4446-2019, se revoca la resolución de veintidós de enero de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en cuanto no dio lugar a dar curso a la gestión preparatoria de la vía ejecutiva y, en su lugar, se ordena que vuelvan los autos al tribunal a quo a fin que provea la presentación de 15 de enero de 2020 como en derecho corresponda. Devuélvase por la vía que corresponda. N°Civil-420-2020.
Texto Completo (Preview)
cqf C.A. de Concepción Concepción, once de marzo de dos mil veinte. Visto: Teniendo presente que el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil no exige acompañar antecedente escrito alguno para preparar la ejecución, como lo ha resuelto la Excma. Corte Suprema en Autos ROL N°4446-2019, se revoca la resolución de veintidós de enero de dos mil veinte, dictada por el Primer Juzgado de Letras en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica