ÁVILA/HELICAL GROUP SPA
Rol
Fecha
11 de marzo de 2020
Materia
VIÁTICOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Teniendo presente que no es posible por ahora estimar la concurrencia de los presupuestos básicos para decretar cualquier medida de naturaleza cautelar, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 444 y 476 del Código del Trabajo, en relación a los artículos 290 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha treinta y uno de enero del año en curso, dictada por la Jueza Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, doña María Carolina Aliaga Navarro. Regístrese y comuníquese. N° Laboral- Cobranza-20-2020. En Copiapó, a once de marzo de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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C.A. de Copiapó. Copiapó, once de marzo de dos mil veinte. VISTOS: Teniendo presente que no es posible por ahora estimar la concurrencia de los presupuestos básicos para decretar cualquier medida de naturaleza cautelar, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 444 y 476 del Código del Trabajo, en relación a los artículos 290 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA la re
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