MARTÍNEZ CON PGV SEGURIDAD LIMITADA
Rol
Fecha
10 de marzo de 2020
Materia
PRESTACIONES
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido que el apercibimiento que hizo efectivo el juez a quo respecto de la parte demandante no se encuentra contemplado en el artículo 499 del Código del Trabajo, se revoca la resolución apelada de catorce de enero del año en curso, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Fernando, en causa RIT M-91-2019, y en su lugar se resuelve que se deja sin efecto el apercibimiento decretado, por el cual se tuvo por no presentada la demanda, debiendo el juez de la causa dictar la resolución que en derecho corresponda, de conformidad a lo previsto por el artículo 500 del Código del Trabajo. Devuélvase. Rol Corte 48-2020.Laboral.-
Fallo
se resuelve que se deja sin efecto el apercibimiento decretado, por el cual se tuvo por no presentada la demanda, debiendo el juez de la causa dictar la resolución que en derecho corresponda, de conformidad a lo previsto por el artículo 500 del Código del Trabajo. Devuélvase. Rol Corte 48-2020.Laboral.-
Texto Completo (Preview)
//mjcv-CFG C.A. de Rancagua Rancagua, diez de marzo de dos mil veinte. Vistos: Atendido que el apercibimiento que hizo efectivo el juez a quo respecto de la parte demandante no se encuentra contemplado en el artículo 499 del Código del Trabajo, se revoca la resolución apelada de catorce de enero del año en curso, dictada por el Primer Juzgado de Letras de San Fernando, en causa RIT M-91-2019, y e
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