ARTURO ERNESTO AGUILERA VASQUEZ CON ISS FACILITY SERVICES S.A. Y OTRA
Rol
Fecha
10 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Que en este proceso R.U.C. 1940188726-4 y R.I.T. O-11-2019 del Juzgado de Letras con competencia común de Nacimiento, Rol 698-2019 del ingreso Laboral esta Corte de Apelaciones, el apoderado de la demandada principal ISS Facility Services S.A. interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 26 de octubre de 2019, dictada por la jueza titular Bárbara Leal Torrealba, mediante la cual se acogió, sin costas, la demanda interpuesta por Arturo Ernesto Aguilera Vásquez, declarando que el despido del actor fue injustificado y, en consecuencia, se condenó a la parte demandada a pagar al demandante las sumas que se indican por los conceptos que se señalan en el fallo de la instancia. Condenó también, subsidiariamente, a la demandada CMPC PULP al pago de dichas prestaciones. En el recurso presentado por la apoderada de la demandada se invocó la causal de nulidad contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Solicita que dicho recurso sea acogido a objeto que este tribunal invalide la sentencia recurrida, dicte fallo de reemplazo en virtud del cual rechace la demanda en todas sus partes, con costas. Se llevó a efecto la audiencia correspondiente ante esta Corte, en la que alegó el abogado recurrente de nulidad por la parte demandada principal, quedando la causa en estado de acuerdo. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: 1°) Que en primer lugar, es necesario tener presente que el recurso de nulidad es un recurso de derecho estricto, lo que implica que quién hace uso de él, para los efectos que su interposición pueda prosperar, debe ceñirse cabalmente a las normas que lo instituyeron, y al claro tenor de las causales que habilitan su configuración; 2°) Que a manera de contexto, antes de entrar al análisis de la causal de nulidad invocada por el recurrente, debe decirse, en síntesis, que en esta causa se interpuso demanda en la que se solicitó al tribunal que declarara que el despido del actor fue injustificado y, en razón de ello, declare pertinentes el pago de las indemnizaciones y prestaciones laborales adeudadas, decretando se condene al íntegro pago de éstas, a saber: a) $658.509 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo; b) 3.292.545 por indemnización correspondiente a cinco años, más el incremento de 80%, conforme lo dispone el artículo 168 letra c) equivalente a la suma de $2.634.036.-5, C.- $162.007 por días compensados, mas costas, reajustes e intereses. En la sentencia definitiva recurrida de nulidad, la jueza de la instancia decidió lo siguiente: I.- Que se acoge la demanda deducida por Arturo Ernesto Aguilera Vásquez, en contra ISS Facility Services S.A, y CMPC PULP S.A, declarándose injustificado el despido del actor y se condena a la demandada principal al pago de las siguientes sumas por las prestaciones que se indican: 1.- $ 658.509 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 2.- $ 3.292.545 correspondiente a indemnización por años de servicios, más la suma de $ 2.634.036 por incremento de la letra c) del artículo 168 del Código del Trabajo; II.- Que se rechaza lo pedido por concepto de días compensados; III.- Que se condena subsidiariamente a la demandada CMPC PULP S.A. al pago de las prestaciones que se ordenan pagar en los N° 1 y 2; 3°) Que el actor señaló en su demanda, en síntesis, que fue despedido día 01 de Marzo de 2019, con invocación de la causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, esto es, "Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato", derivado de su desempeño en las labores de dirección de limpieza de tornillo, labor que se realiza cada seis meses, función que consiste en emplear una pala para sacar el resto astillas de eucalipto acumuladas en él, labor que lleva alrededor de 20 minutos, para lo cual, el trabajador debe subir a un andamio de aproximadamente 1,50 metros de altura, todo a nivel de suelo, correspondiéndole al demandante supervisar el trabajo antes descrito, tal como lo hacía durante los 5 años que prestó funciones en la empresa. Dice que para efectuar dicha labor solicitó autorización a Claudio Dragona, quien ejerce funciones de Líder de CMPC, y era su jefe directo en la Planta Santa Fe, este último, lo autorizó sin reparo alguno, pues siempre lo hacían así. Luego de ello, realizó los protocolos de seguridad al efecto, para que el trabajador que ib
Fallo
fallo de la instancia. Condenó también, subsidiariamente, a la demandada CMPC PULP al pago de dichas prestaciones. En el recurso presentado por la apoderada de la demandada se invocó la causal de nulidad contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo. Solicita que dicho recurso sea acogido a objeto que este tribunal invalide la sentencia recurrida, dicte fallo de reemplazo en virtud del cual rechace la demanda en todas sus partes, con costas. Se llevó a efecto la audiencia correspondiente ante esta Corte, en la que alegó el abogado recurrente de nulidad por la parte demandada principal, quedando la causa en estado de acuerdo. Con lo relacionado y considerando: 1°) Que en primer lugar, es necesario tener presente que el recurso de nulidad es un recurso de derecho estricto, lo que implica que quién hace uso de él, para los efectos que su interposición pueda prosperar, debe ceñirse cabalmente a las normas que lo instituyeron, y al claro tenor de las causales que habilitan su configuración; 2°) Que a manera de contexto, antes de entrar al análisis de la causal de nulidad invocada por el recurrente, debe decirse, en síntesis, que en esta causa se interpuso demanda en la que se solicitó al tribunal que declarara que el despido del actor fue injustificado y, en razón de ello, declare pertinentes el pago de las indemnizaciones y prestaciones laborales adeudadas, decretando se condene al íntegro pago de éstas, a saber: a) $658.509 por concepto de indemnización sustit
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Concepción, diez de marzo de dos mil veinte. Vistos: Que en este proceso R.U.C. 1940188726-4 y R.I.T. O-11-2019 del Juzgado de Letras con competencia común de Nacimiento, Rol 698-2019 del ingreso Laboral esta Corte de Apelaciones, el apoderado de la demandada principal ISS Facility Services S.A. interpuso recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 26 de octubre de 2019, dictada po
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