SIN INFORMACION

CASTILLO/SOCIEDAD MINERGY CHILE SPA

Rol

Fecha

10 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: 1°) Que al folio N°1, comparece don Marco Antonio Castillo Romero, chileno, soltero, abogado, domiciliado en Pasaje Quillay 7180, Casa G, Comuna Peñalolén, Santiago, en autos sobre constitución de pertenencia minera denominada "Andrea 1 al 9", Rol Nº V-1243-2018, e interpone recurso de hecho en contra de resolución dictada por el Juzgado de Letras de Freirina, de fecha 21 de octubre de 2019, en la parte en que a su juicio erróneamente denegó el recurso de apelación deducido por su parte con fecha 17 de octubre de 2019, en contra de la resolución de 10 de octubre de dos mil diecinueve, que rechazó la demanda de caducidad de los derechos emanados de la manifestación de autos interpuesta por su parte. Explica que con fecha veintinueve de septiembre pasado, su parte efectuó una presentación solicitando se declarase la caducidad de la Manifestación “Andrea 1 al 9” en atención a que se habían cumplido sobradamente los plazos legales dispuestos en el Código de Minería, sin haberse ejecutado las actuaciones a los cuales estos plazos dictan. Refiere que por presentación de 03 de octubre pasado, Sociedad Minergy Chile SpA, hizo presente que no existiría una aplicación de dichos plazos en atención a que, no existió verdaderamente un juicio de oposición de conformidad al artículo 61°, no pudiendo aplicarse entonces el artículo 70° del Código de Minería y, que no procedería el plazo de 15 meses dispuesto en el artículo 78° del mismo texto legal, en atención que existiría una: "situación que no ha sido prevista por el legislador minero", ni en consecuencia la caducidad del mismo, en base al artículo 86° del Código del ramo. El Tribunal a quo entonces, consideró que no existió un juicio de oposición, y atendido que se concedió en autos una apelación en ambos efectos, también sería improcedente el plazo de 15 meses del Código de Minería. Así, estimando su parte, que la resolución que desechó la solicitud de caducidad interpuesta incurrió en una errónea e incompleta aplicac

Fallo

se declarase la caducidad de la Manifestación “Andrea 1 al 9” en atención a que se habían cumplido sobradamente los plazos legales dispuestos en el Código de Minería, sin haberse ejecutado las actuaciones a los cuales estos plazos dictan. Refiere que por presentación de 03 de octubre pasado, Sociedad Minergy Chile SpA, hizo presente que no existiría una aplicación de dichos plazos en atención a que, no existió verdaderamente un juicio de oposición de conformidad al artículo 61°, no pudiendo aplicarse entonces el artículo 70° del Código de Minería y, que no procedería el plazo de 15 meses dispuesto en el artículo 78° del mismo texto legal, en atención que existiría una: "situación que no ha sido prevista por el legislador minero", ni en consecuencia la caducidad del mismo, en base al artículo 86° del Código del ramo. El Tribunal a quo entonces, consideró que no existió un juicio de oposición, y atendido que se concedió en autos una apelación en ambos efectos, también sería improcedente el plazo de 15 meses del Código de Minería. Así, estimando su parte, que la resolución que desechó la solicitud de caducidad interpuesta incurrió en una errónea e incompleta aplicación de los artículos 78° y 86° del Código de Minería, interpuso con fecha 17 de octubre de 2019, recurso de reposición con apelación en subsidio y un recurso de apelación directa, recurso que fue desechado por la resolución recurrida, en los siguientes términos, “A todo: No siendo parte en la presente causa, no ha lug

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C.A. de Copiapó. Copiapó, diez de marzo de dos mil veinte. VISTOS: 1°) Que al folio N°1, comparece don Marco Antonio Castillo Romero, chileno, soltero, abogado, domiciliado en Pasaje Quillay 7180, Casa G, Comuna Peñalolén, Santiago, en autos sobre constitución de pertenencia minera denominada "Andrea 1 al 9", Rol Nº V-1243-2018, e interpone recurso de hecho en contra de resolución dictada por el

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