BENJAMIN VALENZUELA NUÑEZ CON COMITE APR AGUA POTABLE VILLA MERCEDES
Rol
Fecha
9 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En causa RUC 1940231624-4 y RIT M-347-2019, sobre demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones en procedimiento monitorio, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, correspondiente al Rol 765-2019 de esta Corte, don César González González, abogado, por la demandada –Comité Pro Agua Potable Villa Mercedes-, ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 12 de diciembre del año pasado, dictada por el juez titular, don Claudio Álvarez Ramírez, mediante la cual acogió, con costas, la demanda interpuesta por don Benjamín Valenzuela Núñez, declarando injustificado su despido y condenando a la parte demandada al pago de diversas prestaciones que especificó. Solicitó en su recurso que esta Corte declare la nulidad de dicho fallo “dejando sin efecto lo ordenado por el juez del fondo en su sentencia definitiva”, “por no valorar la prueba conforme a las reglas de la sana crítica conjuntamente con la infracción de ley consistente en vulnerar la ley del contrato, declarando nula la sentencia definitiva, que el despido es plenamente válido y justificado, por cumplir con las formalidades legales exigidas.” (sic). Invocó al efecto (en el cuerpo de su presentación) la causal de invalidación del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, conjuntamente con la del artículo 477 del mismo código, “ya que la resolución recurrida infringe derechos o garantías constitucionales, con infracción de ley que influyeron sustancialmente en lo dispositivo del fallo” (sic). Se procedió a la vista del recurso en la audiencia respectiva, asistiendo y alegando los abogados de ambos litigantes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia más arriba singularizada, invocando, en forma conjunta, las siguientes causales: La de infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, de la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, y la del artículo 477 de la misma codificación, anunciando ésta, en principio, como de infracción de garantías constitucionales y también de ley, pero que, finalmente, circunscribe exclusivamente a esta última variante del citado artículo 477.- Desarrolla estas causales, en síntesis, aduciendo, en primer lugar, que en el
Fallo
fallo “dejando sin efecto lo ordenado por el juez del fondo en su sentencia definitiva”, “por no valorar la prueba conforme a las reglas de la sana crítica conjuntamente con la infracción de ley consistente en vulnerar la ley del contrato, declarando nula la sentencia definitiva, que el despido es plenamente válido y justificado, por cumplir con las formalidades legales exigidas.” (sic). Invocó al efecto (en el cuerpo de su presentación) la causal de invalidación del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, conjuntamente con la del artículo 477 del mismo código, “ya que la resolución recurrida infringe derechos o garantías constitucionales, con infracción de ley que influyeron sustancialmente en lo dispositivo del fallo” (sic). Se procedió a la vista del recurso en la audiencia respectiva, asistiendo y alegando los abogados de ambos litigantes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la recurrente ha deducido recurso de nulidad en contra de la sentencia más arriba singularizada, invocando, en forma conjunta, las siguientes causales: La de infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, de la letra b) del artículo 478 del Código del Trabajo, y la del artículo 477 de la misma codificación, anunciando ésta, en principio, como de infracción de garantías constitucionales y también de ley, pero que, finalmente, circunscribe exclusivamente a esta última variante del citado artículo 477.- Desarrolla estas causales, en síntesis, ad
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Concepción, lunes nueve de marzo de dos mil veinte. VISTO: En causa RUC 1940231624-4 y RIT M-347-2019, sobre demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones en procedimiento monitorio, del ingreso del Juzgado de Letras del Trabajo de Los Ángeles, correspondiente al Rol 765-2019 de esta Corte, don César González González, abogado, por la demandada –Comité Pro Agua Potable Villa Mercedes-,
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