C/ GISSENIA NATALIA SOTO FIGUEROA
Rol
Fecha
9 de marzo de 2020
Materia
ROBO POR SORPRESA. ART. 436 INC. 2°
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes y de las alegaciones vertidas por las partes en esta audiencia, no estimándose por estos sentenciadores que los incumplimientos denunciados por la autoridad competente resulten graves y sin causa justificada, y apareciendo que se satisfacen con la mantención de la medida de cumplimiento alternativo la finalidad propia perseguida en cuanto a la adecuada reinserción social de un condenado, se revoca la resolución apelada de treinta de enero de dos mil veinte, dictada por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago y, en su lugar se resuelve, que se mantiene la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad concedida a la sentenciada Gissenia Natalia Soto Figueroa. El juez de Garantía competente procederá además a señalar, si procediere, la existencia de abonos a la condena que pudieren favorecer a la sentenciada y fijar el tiempo que resta para su total cumplimiento. Devuélvase. Rol Corte N° 726-2020.- Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Fallo
se resuelve, que se mantiene la pena sustitutiva de prestación de servicios en beneficio de la comunidad concedida a la sentenciada Gissenia Natalia Soto Figueroa. El juez de Garantía competente procederá además a señalar, si procediere, la existencia de abonos a la condena que pudieren favorecer a la sentenciada y fijar el tiempo que resta para su total cumplimiento. Devuélvase. Rol Corte N° 726-2020.- Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
Texto Completo (Preview)
CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, nueve de marzo de dos mil veinte. Sala: Quinta Rol Corte: Penal-726-2020 Ruc: 1400065537-7 Rit : O-862-2014 Juzgado: 2º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: Ministros señor Javier Aníbal Moya Cuadra, señor Alejandro Rivera Muñoz y Abogado Integrante señor Rodrigo Rieloff Fuentes Relator: René Antonio Bonnemaison Medel Digitador (a): Emma Correa M. A
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