JUZGADO DE GARANTIA DE CALAMA

DIEGO ALEJANDRO ROJAS DAINES C/ KATIA ANDREA PLAZA ROJAS

Rol

Fecha

9 de marzo de 2020

Materia

OTRAS FALTAS CODIGO PENAL

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 250 letra a) del Código Procesal Penal puede decretarse el sobreseimiento definitivo: “cuando el hecho investigado no fuere constitutivo de delito;“. Como esta Corte ha señalado reiteradamente, la aplicación de esta causal supone que los hechos sobre los cuales versa la persecución penal no configuren algún hecho tipificado en la ley penal o bien, cuando de modo irrefragable se ha podido determinar que el hecho no se ha verificado. SEGUNDO: Que en este caso, por el contrario la petición de sobreseimiento definitivo no se sustenta en alguna de dichas hipótesis sino en la eventual ilegalidad del decreto que dispuso el estado de emergencia en la Comuna de Calama. Tal cuestión, debe ser debatida y determinada en la sede que corresponda, por cierto con audiencia de la autoridad involucrada y, mientras ello no ocurra, y la nulidad del acto administrativo no sea declarada, el mismo goza de presunción de legalidad conforme al artículo 3° inciso final de la Ley 19.980 sobre Bases de la Administración del Estado. Consecuente con lo señalado no pudo el tribunal decretar el sobreseimiento definitivo y el asunto debe ser tramitado de conformidad a las reglas del procedimiento simplificado. TERCERO: Que la circunstancia que el tribunal rechazara el requerimiento en procedimiento monitorio trae como consecuencia que el procedimiento deba seguir conforme a las reglas del procedimiento simplificado propiamente tal, conforme lo dispone el artículo 392 inciso final del Código Procesal Penal, lo que resulta irrelevante para efectos de resolver la materia propuesta en el recurso. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de fecha veinticuatro de febrero del año en curso, que decretó el sobreseimiento definitivo de los imputados Katia Andrea Plaza Rojas, Cristopher Antonio Álvarez Santibáñez y Gerardo Alexis Andrade

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 352 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de fecha veinticuatro de febrero del año en curso, que decretó el sobreseimiento definitivo de los imputados Katia Andrea Plaza Rojas, Cristopher Antonio Álvarez Santibáñez y Gerardo Alexis Andrade Aránguiz y en su lugar remítase los antecedentes al Juzgado de Garantía de Calama para continuar con la substanciación del procedimiento conforme a derecho por un juez no inhabilitado. Regístrese y comuníquese. Rol 103-2020 (PENAL)

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA En Antofagasta, a nueve de marzo de dos mil veinte, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, integrada por los Ministros Titulares Oscar Clavería Guzmán y Dinko Franulic Cetinic y el Abogado Integrante Gabriel Sánchez Rubio, se da inicio a la audiencia del recurso de apelación deducido por la defensora penal licitada Camila Valdivia Díaz, en contra d

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