2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

TILLERÍAS/UNIVERSIDAD METROPOLITANA DE CIENCIAS DE LA EDUCACION

Rol

Fecha

9 de marzo de 2020

Materia

REAJUSTES E INTERESES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT O-1080-2019 caratulados “Tillerías con Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación”, sobre indemnización de perjuicios por enfermedad profesional. Por sentencia de veinte de agosto de dos mil diecinueve, se acogió la demanda y condenó al pago de $5.000.000.- por daño moral. En su contra, la parte demandada interpuso recurso de nulidad, fundado en las causales subsidiarias del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, esto es, por omisión en la sentencia del requisito contemplado en el artículo 459 N° 4 y la del artículo 477 del mismo Código, por infracción del artículo 7° de la Ley N° 16.774. Solicita por cada causal, que se anule la sentencia y dicte la de reemplazo que rechace la demanda en todas sus partes, con costas. Declarado admisible el recurso, se procedió a la vista de la causa y comparecieron las abogadas de ambas partes.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la primera causal fundante del arbitrio deducido es la del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en lo referido a que la sentencia se hubiere dictado con omisión del artículo 459 N° 4 del mismo Código, o que no se ha cumplido en el

Fallo

fallo porque no basta la sola relación formal de los medios de prueba incorporados en el juicio, sino que se requiere un análisis exhaustivo de los mismos, lo que acompaña con doctrina y jurisprudencia. Agrega que se omite el análisis obligatorio de la prueba o la analiza de manera parcial e incompleta. Transcribe el motivo duodécimo del fallo en que se concluye que no fueron adoptadas las medidas necesarias y eficaces para evitar la afección de origen laboral de la demandante y, dice el recurso, que se llegó a dicha conclusión sin considerar la prueba que detalla. Entre ellas, cita una carta de los apoderados del jardín infantil dirigida al Rector de la universidad sobre reclamos por malas prácticas de las funcionarias, lo que es concordante con la declaración del testigo Néstor Sepúlveda, que refiere que existía un buen trato las funcionarias y que entre los apoderados y las trabajadoras la relación era decente, pero que se fue deteriorando, hizo referencia a los reclamos y que las instancias de diálogo fracasaron por retiro de las funcionarias. Cita además, el Oficio N° 36 del Rector dirigido a la Junta Nacional de Jardines Infantiles de 17 de octubre de 2016 y que da cuenta de una reunión con las funcionarias del jardín, el director de asuntos estudiantiles y apoderados para resolver los conflictos existentes, y la carta del Rector de 16 de noviembre de 2018 a las funcionarias en que se compromete a mantenerlas, aunque se cierre el jardín infantil. Añade que fueron valora

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-5- Santiago, nueve de marzo del año dos mil veinte Vistos: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT O-1080-2019 caratulados “Tillerías con Universidad Metropolitana de Ciencias de la Educación”, sobre indemnización de perjuicios por enfermedad profesional. Por sentencia de veinte de agosto de dos mil diecinueve, se acogió la demanda y condenó al

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