GABRIELA DEL PILAR MUÑOZ BUSTAMANTE/POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE
Rol
Fecha
9 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que a fojas 1 comparece el abogado Leopoldo Romero Yáñez, en representación de doña Gabriela del Pilar Muñoz Bustamante, quien deduce recurso de amparo preventivo, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Expone que funcionarios policiales de la Policía de Investigaciones de Chile, han citado a su representada sin tener participación en ilícito alguno y le han señalado que cuenta con un impedimento para la libertad ambulatoria. Detalla que el 26 de febrero del presente año concurrieron a su domicilio, sin identificarse, y preguntando a los vecinos, sin señalar causa, ni investigación pendiente. Asevera que los actos descritos constituyen un impedimento a la libertad ambulatoria y la libertad personal de la persona en cuyo favor recurre Solicita se restablezca el imperio del derecho en el sentido de declarar que doña Gabriela del Pilar Muñoz Bustamante no tiene órdenes de detención vigentes o procedimiento vigentes u órdenes de aprehensión vigentes, ya que cualquier orden que se hubiera dictado en su contra fue dictada con vulneración de garantías constitucionales o bien que se ordene lo que en derecho corresponde. Segundo: Que informa al tenor del recurso don Iván Villanueva Berindoague, Prefecto Inspector, Jefe de la Región policial Metropolitana de la PDI, quien señala que consultadas las unidades dependientes de su Región Policial, señalaron no haber participado en los hechos relatados por el recurrente en el recurso. Agrega que el Departamento de Asesoría Técnica indicó que, realizadas las consultas en el Servicio del Registro Civil e Identificación, el domicilio de la persona en cuyo favor se recurre corresponde al consignado en el recurso. Añade que también se realizaron las consultas en el Sistema Computacional de Gestión Policial y la afectada no registra órdenes de detención, arresto, ni arraigo judicial vigentes a la fecha. Tercero: Que del mérito de lo informado por la Policía de Investigaciones no se a
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, a nueve de marzo de dos mil veinte. Vistos y teniendo presente: Primero: Que a fojas 1 comparece el abogado Leopoldo Romero Yáñez, en representación de doña Gabriela del Pilar Muñoz Bustamante, quien deduce recurso de amparo preventivo, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile. Expone que funcionarios policiales de la Policía de Investigaciones de Chile, han citado a su
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica