1º JUZGADO CIVIL DE VIÑA DEL MAR

PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. / MOGOLLÓN

Rol

Fecha

9 de marzo de 2020

Materia

CONFESIÓN DE DEUDA, CITACIÓN

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y, teniendo únicamente presente lo dispuesto en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de diez de febrero de dos mil veinte, emanada del Primer Juzgado Civil de Viña del Mar y, en su lugar se declara, que el tribunal de primera instancia deberá dar curso progresivo a los autos, dictando la resolución que en derecho corresponda, por Juez no inhabilitado. Notifíquese y devuélvase. N°Civil-497-2020.

Fallo

se declara, que el tribunal de primera instancia deberá dar curso progresivo a los autos, dictando la resolución que en derecho corresponda, por Juez no inhabilitado. Notifíquese y devuélvase. N°Civil-497-2020.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, nueve de marzo de dos mil veinte. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y, teniendo únicamente presente lo dispuesto en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de diez de febrero de dos mil veinte, emanada del Primer Juzgado Civil de Viña del Mar y, en su lugar se declara, que el tribunal de primera instancia deber

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica