RECURSO DE AMPARO INT. POR SANDRA ANDRADE ARAYA EN FAVOR DE ABRAHAM GONZALEZ ANDRADE EN CONTRA DEL CENTRO DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO HUACHALALUME-LA SERENA ( INCOMPETENCIA ICA ANTOFAGASTA ROL 31-2020 )
Rol
Fecha
6 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: 1°. Que, el veintiocho de febrero de dos mil veinte, comparece doña Sandra Andrade Araya, quien interpone recurso de amparo a favor de Abraham González Andrade, el que se encuentra sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en el Complejo Penitenciario de La Serena, por el delito de homicidio. Señala que el amparado es su hijo, y se encuentra imputado desde el 2018, y en ese contexto ha sido agredido y apuñalado en varias ocasiones por internos e incluso ha sido agredido por Gendarmería, alega que su defensa no ha promovido instancias de protección pese a las solicitudes impetradas. Agrega que su hijo se encuentra sin dientes producto de las agresiones, que está amenazado, añade que han ofrecido dinero a internos para que lo agredan o le den muerte, teme por su integridad, y hace presente que el amparado se encuentra en muy malas condiciones de salud física y mental, pidiendo que sea trasladado a la ciudad de Antofagasta, ya que en ella tiene su domicilio. 2°. Que, el cuatro de marzo pasado, evacua el informe requerido doña Jessica Vargas Gallardo, abogada, domiciliada en calle Brasil N° 366 de La Serena, en representación de Gendarmería de Chile, Dirección de Coquimbo, señalando que el amparado detenta la calidad de imputado y reside en el módulo N°1 de imputados del Centro Penitenciario de La Serena,. Relata que se procedió a entrevista con el amparado, quien asegura que fue apuñalado a la altura de la ingle y es efectivo la pérdida de piezas dentales, señalando que estos se deben a golpes recibidos al interior del módulo. Refiere que el amparado manifiesta, a diferencia del recurrente, que no quiere ser trasladado a Antofagasta y desea mantenerse en La Serena, y sus problemas al interior del módulo en el que reside ya se han solucionado. Dice que conforme a los antecedentes allegados desde el recinto penal de esta ciudad el imputado se encontraría en buenas condiciones de salud, que si bien existe una constancia de haber sido agredido con un
Fundamentos
considerando sexto, el que una vez allegado a los antecedentes debe ser remitido al Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° 79-2020 Amparo.- Pronunciado por la Primera Sala de la Ilma. Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por los Ministros suplentes señora Caroline Turner González, señor Juan Carlos Espinosa Rojas y el Fiscal Judicial señor Jorge Colvin Trucco. La Serena, a seis de marzo de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
por tanto su presencia es indispensable para el desarrollo de los actos del procedimiento en esta jurisdicción y porque además existen declaraciones contradictorias del encartado, en cuanto por un lado solicita ser trasladado y en declaración vertida ante funcionario de reclutamiento de Gendarmería señala que su intención es mantenerse en el Centro Penitenciario de esta ciudad, por lo que, tampoco queda clara la real voluntad del amparado, y conforme a ello no existe una actuación arbitraria ni tampoco ilegal, ya que la recurrida actúa según las facultades otorgadas en el artículo 6 N°12 de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, de modo que no existiendo actualmente algún hecho que constituya una privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual reconocido en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, el recurso será rechazado. 6°. Que, sin perjuicio del rechazo acordado previamente, estos sentenciadores, atendido el hecho de haberse denunciado un estado de salud bucal complejo en la persona del amparado, por la existencia de episodios de violencia al interior del módulo en el que reside, lo que motivó, en palabras de Gendarmería, la derivación del imputado a un especialista, y no constando el resultado de dicha evaluación, se conmina a Gendarmería de Chile a remitir dentro de un plazo no superior a 72 horas, el resultado del examen odontológico practicado al amparado. Por estas consideraciones y visto, ademá
Texto Completo (Preview)
González Andrade, Abraham Gendarmería de Chile Recurso de Amparo Rol N° 79-2020.- La Serena, seis de marzo de dos mil veinte. VISTOS: 1°. Que, el veintiocho de febrero de dos mil veinte, comparece doña Sandra Andrade Araya, quien interpone recurso de amparo a favor de Abraham González Andrade, el que se encuentra sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva en el Complejo Penitenciario de La
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