SIN INFORMACION

UNIVERSIDAD ACADEMIA HUMANISMO CRISTIANO/VELASCO MORA SHELOM FANNY/ UNIVERSIDAD ACADEMIA HUMANISMO CRISTIANO VISTA CON ING. CORTE 52057-2019

Rol

Fecha

6 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que el abogado José Antonio Díaz Lagos, mandatario judicial y en representación de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, dedujo acción de protección en contra de Shelom Fanny Velasco Mora, por haber incurrido en una serie de actos arbitrarios e ilegales que han ocasionado la afectación de garantías y derechos constitucionales. Expone que la recurrida mantuvo relación laboral con la Universidad hasta el 30 de noviembre de 2018, fecha en que fue desvinculada por la causal contemplada en el artículo 160 N° 1 letra a) del Código del Trabajo, esto es, falta de probidad en el desempeño de sus funciones. Ella era la encargada del Programa Especial de Titulación P.E.T., de la Escuela de Derecho, cargo en el que debía revisar y hacer un diagnóstico y análisis casuístico de cada estudiante, para poder dar respuesta a sus requerimientos y verificar si cumplían las exigencias prescritas por la Corte Suprema para optar al título de abogado/a, debiendo hacer entrega a las autoridades de un informe completo con propuestas de solución para cada caso, con el fin de poder ser analizado, autorizado e implementado por quienes corresponda, según los reglamentos y protocolos internos. Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido a la espera de su informe, no hubo respuesta por la recurrida. Habría implementado motu propio un supuesto “Procedimiento de Regularización del Programa Especial de Titulación de la Carrera de Derecho” sin conocimiento ni autorización de la recurrente. Tampoco hizo entrega de variada documentación e información proporcionada por los mismos estudiantes respecto de sus programas en las universidades de origen, ni realizó un diagnóstico de aquellos adscritos al programa. Tras proceder ante notario público a la apertura de los estantes donde mantenía la información, se constató la falta de muchos documentos, instándole una vez más a su entrega, además en soporte digital, a lo que se negó. Sin perjuicio de ello, la Univers

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo que dispone el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por José Antonio Díaz Lagos, en representación de Universidad Academia de Humanismo Cristiano. Sin perjuicio de lo resuelto, ejecutoriada esta decisión, entréguese al representante de la recurrente, bajo acta suscrita por la señora secretaria, la documentación contenida en las custodias N°s. 35 y 42. Regístrese, comuníquese y archívese si no se apelare. Redacción a cargo de la ministro P. Plaza. Protección N°91570-2018.- No firma la ministra señora Villadangos, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo del fallo, por estar haciendo uso su feriado legal. Pronunciada por la Sexta Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por la Ministra señora Paola Plaza González e integrada por la Ministra señora Maritza Villadangos Frankovich y por el Abogado Integrante señora Paola Herrera Fuenzalida.

Texto Completo (Preview)

Santiago, a seis de marzo de dos mil veinte. Visto y teniendo presente: Primero: Que el abogado José Antonio Díaz Lagos, mandatario judicial y en representación de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, dedujo acción de protección en contra de Shelom Fanny Velasco Mora, por haber incurrido en una serie de actos arbitrarios e ilegales que han ocasionado la afectación de garantías y derecho

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