16º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

INMOBILIARIA IORANA S.A/BANCO DE CHILE

Rol

Fecha

10 de marzo de 2020

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandante con fecha diecisiete de enero de dos mil veinte (folio N° 46, cuaderno principal), en contra de la resolución de quince de enero del mismo año. Comuníquese. N°Civil-1858-2020.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 213 del citado Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandante con fecha diecisiete de enero de dos mil veinte (folio N° 46, cuaderno principal), en contra de la resolución de quince de enero del mismo año. Comuníquese. N°Civil-1858-2020.

Texto Completo (Preview)

mplb C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, diez de marzo de dos mil veinte. Proveyendo a lo pendiente de folio N °5: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que las resoluciones que disponen la práctica de alguna diligencia probatoria son inapelables de conformidad con lo establecido en el inciso 2° del artículo 326 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual e

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