OSSANDÓN VIDELA CARLOS /ADASME DIAZ VICTOR.-
Rol
Fecha
6 de marzo de 2020
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Teniendo presente que el Tribunal en la resolución apelada reitera una petición al ejecutante excediendo las facultades entregadas a su respecto por el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil diecinueve dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago, en autos ROL C-33440- 2019, y, en su lugar¸ se decide que deberá, el tribunal, resolver derechamente la demanda interpuesta, dándole curso como en derecho corresponda, teniendo en consideración que el pagaré fue firmado ante notario. Comuníquese. N°Civil-192-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por Ministro señor Mario Rojas González e integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon.
Fallo
se decide que deberá, el tribunal, resolver derechamente la demanda interpuesta, dándole curso como en derecho corresponda, teniendo en consideración que el pagaré fue firmado ante notario. Comuníquese. N°Civil-192-2020. Pronunciada por la Octava Sala de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por Ministro señor Mario Rojas González e integrada por el Ministro señor Jaime Balmaceda Errázuriz y el Abogado Integrante señor David Peralta Anabalon.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, seis de marzo de dos mil veinte. Vistos: Teniendo presente que el Tribunal en la resolución apelada reitera una petición al ejecutante excediendo las facultades entregadas a su respecto por el artículo 441 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de fecha dieciocho de diciembre del año dos mil diecinueve dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago,
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