CÁRDENAS/ALFARO
Rol
Fecha
5 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DE FALLO
Hechos
Vistos: En cuanto a la inadmisibilidad: Estimado estos sentenciadores que la resolución apelada tiene la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria de aquellas que fallan un incidente del juicio estableciendo derechos permanentes a favor de las partes, y que en ese entendido es aplicable supletoriamente lo dispuesto en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil por mandato de los artículos 465 del Código del Trabajo al tratarse de materia de cumplimiento, y de esta forma siendo apelable directamente dicha resolución, se rechaza sin costas el incidente de inadmisibilidad, declarando admisible la apelación interpuesta. N°Laboral - Cobranza-417-2019.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cinco de marzo de dos mil veinte. Vistos: En cuanto a la inadmisibilidad: Estimado estos sentenciadores que la resolución apelada tiene la naturaleza jurídica de una sentencia interlocutoria de aquellas que fallan un incidente del juicio estableciendo derechos permanentes a favor de las partes, y que en ese entendido es aplicable supletoriamente lo dispuesto en el artículo 187 del C
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