RECURSO DE PROTECCION INTERPUESTO POR ANA ELIZABET AGUILERA CASTILLO EN CONTRA DE AMERICA DEL CARMEN LEÓN JIL.
Rol
Fecha
5 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinticuatro de junio de dos mil diecinueve comparece Ana Elizabeth Aguilera Castillo, interponiendo recurso de protección en contra de América del Carmen León Jil, en virtud de los siguientes antecedentes. Expone que con fecha 06 de diciembre de 2018, celebró con la recurrida un contrato de arrendamiento sobre la propiedad en que actualmente habita, pactándose a plazo fijo hasta el 30 de noviembre del año en curso, por la renta mensual anticipada ascendente a la suma de $265.000, más $25.000 por concepto de gastos comunes. En dicho contrato se estipuló, asimismo, que para dar por terminado el arrendamiento por cualquiera de las partes, se debe dar aviso a la otra con 30 días de anticipación y por carta notarial. Es del caso que por algunas dificultades económicas, se atrasó en el pago de la renta de arrendamiento del mes de enero de 2019, lo que derivó en una molestia y reacción desmedida de parte de la recurrida, quien comenzó una serie de hostigamientos para que le pagara lo adeudado, pese a que con posterioridad ha cumplido cabalmente con lo estipulado. Al respecto, le ha enviado cartas simples solicitando el término del contrato, e incluso acudió a su lugar de trabajo en el Colegio José Miguel Carrera a entrevistarse con la Directora del establecimiento, a objeto de denostarla y afectar su imagen ante ella. Agrega que con fecha 25 de mayo último, aproximadamente a las 10:00 horas, mientras se encontraba en el domicilio arrendado, llegó la recurrida golpeando la puerta insistentemente; procedió a abrirle, y de manera sorpresiva y sin contar con su autorización, ingresó a la fuerza a su domicilio, de forma violenta, señalando que sacaría sus muebles del departamento por la deuda que mantenía con ella, y ante su solicitud de que se retirara, procedió a tomarla fuertemente de los brazos, insultándola a viva voz, causándole una lesión en el antebrazo derecho, de carácter leve; posteriormente la recurrida se retiró del lugar. Ante la violencia y gravedad de lo ocurrido, procedió inmediatamente a llamar a Carabineros denunciando el hecho, por lo que funcionarios policiales procedieron a detener a los pocos minutos a la Sra. León Jil, trasladándola a la unidad policial, en tanto que la actora fue trasladada al Consultorio para constatar lesiones. Actualmente la causa se encuentra en tramitación ante la Fiscalía Local de La Serena, bajo el RUC 1900561614-2. No obstante lo ocurrido, ese mismo día 25 de mayo, en horas de la tarde, y según le refiriera su hija, quien se encontraba sola en esos momentos en el departamento, la recurrida volvió a su domicilio, intentando abrir la puerta sin conseguirlo, lo que evidencia que no cesa en su empeño de hacer justicia por propia mano. Señala que el actuar de la recurrida no solamente ha sido violento, sino que además absolutamente arbitrario, sobrepasando el límite de sus facultades como arrendadora, violentando las garantías fundamentales consagradas en el artículo 19 N
Fallo
Por estas consideraciones solicita acoger el presente recurso, disponiendo todas las medidas que se estimen conducentes a obtener el cese inmediato de tales conductas por parte de la recurrida, disponiendo especialmente que la recurrida debe abstenerse en lo sucesivo de ingresar sin autorización al inmueble arrendado, por sí o enviando a terceras personas, todo ello con expresa condenación en costas. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Contrato de arrendamiento suscrito con la recurrida; 2.- Copia Parte Detenidos, de Carabineros de Chile, donde se describen los hechos que motivan el presente recurso; 3.- Copias de 2 cartas remitidas por la recurrida, de fechas 11 de febrero y 01 de mayo de 2019, por la cual solicita poner término al contrato de arrendamiento; 4.- Copia de acta de reunión sostenida con la Directora del Colegio José Miguel Carrera en que me desempeño, de fecha 16 de mayo de 2019. SEGUNDO: Que, con fecha veinticinco de febrero de dos mil veinte evacuó informe Luis Eugenio López Cifuentes, en representación convencional de América del Carmen León Jil, en los siguientes términos. Señala que es efectivo que con la recurrente se suscribió contrato de arrendamiento con fecha 06 de diciembre de 2018, el que desde un principio fue constantemente incumplido por la señora Aguilera Castillo. Clara prueba de ello, es la existencia de la causa Rol C-4620-2019, caratulada López con Aguilera, del Segundo Juzgado de Letras de La Serena, en cuya virtud se llegó a avenimie
Texto Completo (Preview)
Aguilera Castillo, Ana Elizabeth León Jil, América del Carmen Recurso de Protección Rol N° 869-2019.- La Serena, cinco de marzo de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinticuatro de junio de dos mil diecinueve comparece Ana Elizabeth Aguilera Castillo, interponiendo recurso de protección en contra de América del Carmen León Jil, en virtud de los siguientes antecedentes
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