CARLA ANDREA CONTRERAS BOCAZ CONTRA RESOLUCION PRIMER JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION (VISTA CONJUNTA CON CIVIL ROL 181-2019, ACUMULADAS 183-2019, 184-2019, 636-2019)
Rol
Fecha
5 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que comparece la abogada Carolina Milanese Pizarro y recurre de hecho en contra de la resolución dictada con fecha 14 de noviembre del 2018, por la cual no se acogió recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria del recurso de reposición deducido en contra de la resolución de fecha 09 de noviembre del 2018, que ordena traer a la vista causas que están siendo actualmente conocidas por el mismo tribunal y por otros, ordenado un trámite innecesario, no previsto por la ley 20.720, que solo tiende a suspender dichos procedimientos, encontrándonos dentro de la hipótesis del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual, es plenamente procedente el recurso de apelación subsidiario, el que debió ser concedido. Solicita declarar procedente el recurso de apelación, con costas. 2.- Que la resolución recurrida de apelación es aquella de 9 de noviembre de 2018 que ordena traer a la vista distintos procesos que conoce el mismo tribunal y también otros a fin de resolver una eventual acumulación en un proceso de Liquidación Concursal. Se trata, entonces y conforme al artículo 188 del Código de Procedimiento Civil de un decreto que no altera la sustanciación regular del juicio por ende, resulta inapelable tal como lo resuelve la jueza a quo. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por la abogada Carolina Milanese Pizarro en representación de la acreedora Carla Contreras Bocaz en contra de la resolución de catorce de noviembre pasado, dictada en autos Rol C-6931-2018, del ingreso del Primer Juzgado Civil de Concepción, que denegó el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de 9 de noviembre de 2018. Comuníquese la presente resolución al Tribunal de origen. Regístrese. Rol N° 2363-2018 Recurso Hecho.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se RECHAZA el recurso de hecho interpuesto por la abogada Carolina Milanese Pizarro en representación de la acreedora Carla Contreras Bocaz en contra de la resolución de catorce de noviembre pasado, dictada en autos Rol C-6931-2018, del ingreso del Primer Juzgado Civil de Concepción, que denegó el recurso de apelación deducido en contra de la resolución de 9 de noviembre de 2018. Comuníquese la presente resolución al Tribunal de origen. Regístrese. Rol N° 2363-2018 Recurso Hecho.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción dpi Concepción, cinco de marzo de dos mil veinte. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que comparece la abogada Carolina Milanese Pizarro y recurre de hecho en contra de la resolución dictada con fecha 14 de noviembre del 2018, por la cual no se acogió recurso de apelación interpuesto en forma subsidiaria del recurso de reposición deducido en contra de la resolución de fecha 09 de no
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