CORTEZ/CALLSOUTH S.A
Rol
Fecha
10 de marzo de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia laboral específicamente para el caso en autos según dispone el artículo 470 del Código del Trabajo procede contra las resoluciones que resuelvan las excepciones; de pago de la deuda, remisión, novación y transacción, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veinticinco de febrero de dos mil veinte, en contra de la resolución de fecha diecinueve de febrero del año en curso. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-731-2020.
Fallo
Por estas consideraciones, y lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veinticinco de febrero de dos mil veinte, en contra de la resolución de fecha diecinueve de febrero del año en curso. Regístrese y devuélvase. N°Laboral - Cobranza-731-2020.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago muz Santiago, diez de marzo de dos mil veinte. Al folio 2; estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia laboral específicamente para el caso en autos según dispone el artículo 470 del Código del Trabajo procede contra las resoluciones que resuelvan las excepciones; de pago de la deuda, remisión, novación y transacción, natural
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