SIN INFORMACION

MARIA IGNACIA VERGARA BECERRA POR FELIPE ANDRES ALIAGA GARRIDO CONTRA DE GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

5 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Primero: Que comparece doña Maria Ignacia Becerra, quien deduce recurso de amparo en favor de Felipe Andrés Aliaga Garrido, quien deduce el recurso de amparo por la seguridad ya que constantemente está recibiendo amenazas de muerte de varios internos, por eso piensa que lo ideal es trasladarlo para la cárcel de Cauquenes, pues allá puede cumplir su condena sano y salvo. Segundo: Que informando don Ignacio Moya Lucumilla, Mayor de Gendarmería, Alcaide del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca (s), quien expone que el amparado fue ingresado a dicho establecimiento mediante orden de ingreso del Juzgado de garantía, de fecha 27 de Febrero, por delito de Homicidio, para cumplir la medida cautelar de Prisión Preventiva y en la misma orden de ingreso se dispone como observación, que a petición de la defensa se evalúe por el jefe de unidad, la factibilidad de trasladarlo a otro penal, dentro de tercero día, debido que en audiencia ha expuesto que se encuentra amenazado por familiares de la víctima de su delito, quienes eventualmente se encontrarían recluidos dentro del mismo penal de Talca. Agrega que sobre la situación concreta, y complementando lo omitido por el recurrente, informa medidas preventivas adoptadas por la autoridad del penal, se ha procedido a ejecutar dos medidas previas y necesarias. La primera, ha sido requerirle declaración al interno, el mismo día de su ingreso, acerca de las eventuales causas de sus amenazas de manera de evaluar la plausibilidad de estas; y en atención a lo expuesto en su declaración, en que refiere amenazas de muerte sobre su persona que le han sido transmitidas incluso a sus visitas por parte de familiares de la víctima de su delito, el interno presenta dificultades serias y objetivas para ser ubicado en dependencias de este establecimiento. Señala que en segundo lugar, y teniendo como antecedente lo informado por el tribunal y lo declarado por el amparado, remitió los antecedentes del caso a la autoridad facultada pa

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo se declara: que SE RECHAZA el recurso de amparo deducido por María Ignacia Becerra, quien deduce recurso de amparo en favor de Felipe Andrés Aliaga Garrido en contra de Gendarmería de Chile. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese. Rol 29-2020/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, cinco de marzo de dos mil veinte. Visto: Primero: Que comparece doña Maria Ignacia Becerra, quien deduce recurso de amparo en favor de Felipe Andrés Aliaga Garrido, quien deduce el recurso de amparo por la seguridad ya que constantemente está recibiendo amenazas de muerte de varios internos, por eso piensa que lo ideal es trasladarlo para la cárcel de Cauquenes, pues allá puede cumplir su

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