TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO DE CONCEPCION

CARLO ROSSI SOFFIA CON SERVICIO DE ADUANAS DIRECCION REGIONAL. (VISTA CONJUNTA CON ROL 58-2019, 59-2019)

Rol

Fecha

3 de marzo de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que el punto de prueba fijado en la resolución impugnada es genérico y no representa cabalmente la discusión fáctica contenida en los escritos de reclamo y contestación, de modo que corresponde acceder a la incorporación solicitada por la recurrente, sólo en cuanto a aquellos hechos realmente debatidos. Por lo razonado, se modifica la resolución apelada de nueve de julio de dos mil diecinueve, que rola a fojas 67, quedando fijados como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, además del ya establecido, que pasará a tener el N°1, los siguientes: 2.- Efectividad de haberse realizado por el Servicio Nacional de Aduanas el cambio de clasificación reclamado. Fecha y antecedentes. 3.- Efectividad de haberse reclamado por la parte contraria, en tiempo y forma, del cambio de clasificación. Hechos y circunstancias que así lo acrediten fehacientemente. 4.- Efectividad que el cambio de clasificación se ajusta al arancel aduanero.

Fundamentos

Fundamentos y antecedentes que así lo acrediten. Devuélvase. N°Tributario Y Aduanero-57-2019.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, tres de marzo de dos mil veinte. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que el punto de prueba fijado en la resolución impugnada es genérico y no representa cabalmente la discusión fáctica contenida en los escritos de reclamo y contestación, de modo que corresponde acceder a la incorporación solicitada por la recurrente, sólo en cuanto a aquellos hechos realmente debatidos

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