JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE QUIRIHUE

MINISTERIO PUBLICO C/ JOSE HUMBERTO ABELIN ROMERO

Rol

Fecha

3 de marzo de 2020

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Visto: Que, conforme los antecedentes expuestos en la audiencia respectiva y ante estos estrados, es posible concluir que los presupuestos materiales de la medida cautelar se encuentran satisfechos, habiéndose justificado la existencia del ilícito formalizado y la participación conforme al estándar de acreditación requerido en esta etapa de investigación. Asimismo, la necesidad de cautela se justifica por la gravedad de la pena asignada al delito y las condenas anteriores por hechos de la misma especie, lo cual da cuenta que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, por lo que, visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en audiencia de dos del actual que mantuvo la prisión preventiva del imputado José Abelin Romero fijando una caución y, en su lugar, se declara que se mantiene dicha medida cautelar sin la referida caución. Insértese en el acta respectiva. Téngase por notificadas a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-83-2020.

Fallo

se declara que se mantiene dicha medida cautelar sin la referida caución. Insértese en el acta respectiva. Téngase por notificadas a los intervinientes presentes en la audiencia, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-83-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Chillán, tres de marzo de dos mil veinte. Visto: Que, conforme los antecedentes expuestos en la audiencia respectiva y ante estos estrados, es posible concluir que los presupuestos materiales de la medida cautelar se encuentran satisfechos, habiéndose justificado la existencia del ilícito formalizado y la participación conforme al estándar de acreditación requerido en esta etapa d

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