SILVIA DEL PILAR RAMÍREZ MIRANDA CON LEONTINA DEL CARMEN RAMÍREZ MIRANDA
Rol
Fecha
2 de marzo de 2020
Materia
SIMULACIÓN, ACCIÓN DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Con el mérito de los antecedentes y teniendo presente que la información pretendida obtener mediante los oficios solicitados –concordante con la pretensión de nulidad hecha valer en la causa- difícilmente puede ser conseguida directamente por el demandante o generarse por medio de otros mecanismos probatorios. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca, en lo apelado, la resolución de treinta de octubre de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Juzgado Civil e Puente Alto, recaída en los autos Rol N° C-6081-2018, en cuanto negó lugar a los oficios solicitados por el actor en sus escritos folio 76, 77, 78 y 83, y en su lugar se resuelve que se accede a dichas solicitudes, debiendo el juez de la causa hacer lugar a despachar los oficios pedidos. Comuníquese. N° 128-2020 Civil.- Pronunciada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministras señoras María Alejandra Pizarro Soto, Dora Mondaca Rosales y el Abogado Integrante señor Adelio Misseroni Raddatz.
Fallo
se resuelve que se accede a dichas solicitudes, debiendo el juez de la causa hacer lugar a despachar los oficios pedidos. Comuníquese. N° 128-2020 Civil.- Pronunciada por la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones de San Miguel, integrada por las Ministras señoras María Alejandra Pizarro Soto, Dora Mondaca Rosales y el Abogado Integrante señor Adelio Misseroni Raddatz.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, dos de marzo de dos mil veinte. Vistos: Con el mérito de los antecedentes y teniendo presente que la información pretendida obtener mediante los oficios solicitados –concordante con la pretensión de nulidad hecha valer en la causa- difícilmente puede ser conseguida directamente por el demandante o generarse por medio de otros mecanismos probatorios. Y de conformidad, además, con lo dis
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