CORPORACIÓN EDUCACIONAL SAN FRANCISCO DE ASÍS/SEREMIA EDUCACION MAULE
Rol
Fecha
27 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el abogado Álvaro Vega Verdugo, domiciliado en calle 1 Norte N° 964 de esta ciudad, en representación del Colegio San Francisco de Asis de Talca, representado por la Corporación Educacional San Francisco De Asis, ambos con domicilio en calle 2 Poniente N° 929, representados por su presidente corporativo Ismael Antonio Muñoz Donoso, ha deducido recurso de protección en contra de la Secretaria Regional Ministerial de Talca (en adelante la Seremi), sin especificar su función, domiciliada en avenida Carrera Pinto N° 130 de Talca, representada por Carlos Azócar Cabello, del mismo domicilio de la anterior, por los actos arbitrarios e ilegales que han vulnerado sus derechos fundamentales en atención a los antecedentes que reseña: Al efecto y en lo pertinente, manifiesta que en el año 2012 aproximadamente el Colegio San Francisco de Asís Ltda a través de su representante legal Ismael Muñoz Donoso, celebró un contrato de arrendamiento con Servicios Educacionales Verónica Alejandra Núñez Zuñiga EIRL, contrato a pesar de ser válido produjo situaciones incomodas para su representado puesto que surgieron problemas en la propiedad arrendada, en donde otra persona distinta de la arrendadora se declaró dueña de la propiedad exigiéndole a su representado el pago de otro arriendo, lo cual acabó en diversas demandas entre las partes. Una de las demandas aludidas fue la que presentó Servicios Educacionales Verónica Alejandra Núñez Zúñiga EIRL a través de su representante legal en el año 2013 en el Cuarto Juzgado de Letras de Talca con el rol C-176-2013 en contra del Colegio San Francisco de Asís Ltda, rut: 78.205.170-9, y de su representante Ismael Muñoz Donoso como persona natural, ambos en ese entonces con domicilio en Calle 31 Sur N° 305, Sitio N° 37, Villa Culenar, de la comuna de Talca, solicitando la entrega del inmueble y el pago de las deudas de arrendamiento. Mediante sentencia de 22 de agosto del año 2013 se acogió la demanda en los términos referidos, que entre varias disposiciones una de las partes resolutivas específicamente el numeral 3° señalaba: “Que se acoge la demanda de fojas 1 y siguientes interpuesta por Verónica Alejandra Núñez Zúñiga E.I.R.L. en contra de Colegio San Francisco de Asís Ltda, sólo en cuanto
Fallo
se declara terminado el contrato de arrendamiento invocado en la demanda, por expiración de su plazo de vigencia, y se condenará al demandado a restituir a la demandante el inmueble una vez que la presente sentencia cause ejecutoria, y a pagar las rentas de arrendamiento hasta que la restitución se efectúe, Rechazándose, en lo demás pedido, la misma demanda. Agrega que el colegio San Francisco de Asís Ltda, sufrió múltiples transformaciones, suscritas a los diversos cambios legales que solicitaba en su momento el Ministerio de Educación, así como también transformaciones en los representantes legales, pasando con ello a ser personas distintas de las primitivamente demandadas; así del contratante Colegio San Francisco de Asís Ltda representada por Ismael Muñoz como persona natural paso después a denominarse Colegio San Francisco de Asís cuyo sostenedor era Ismael Muñoz Donoso EIRL, y actualmente Corporación Educacional San Francisco de Asis, señalamos haciendo hincapié que fue exclusivamente por un mandato legal, que se realizaron estas transformaciones. Afirma que al no obtener por parte de la demandante el cumplimiento del pago de la deuda de arriendo que ya en esa fecha de 21 de febrero del año 2017, según liquidación del tribunal ascendía a $ 42.466.667, puesto que claramente eran diferentes las personas demandadas según lo expresaba ya en ese tiempo el Cuarto Juzgado de Letras de Talca, por resolución de 21 de febrero del año 2017, al querer retener el demandante las su
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Talca, veintisiete de febrero de dos mil veinte.- VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que el abogado Álvaro Vega Verdugo, domiciliado en calle 1 Norte N° 964 de esta ciudad, en representación del Colegio San Francisco de Asis de Talca, representado por la Corporación Educacional San Francisco De Asis, ambos con domicilio en calle 2 Poniente N° 929, representados por su presidente corporativo Ismael Ant
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