M.P C/ HECTOR ENRIQUE BLANCO MALDONADO
Rol
Fecha
27 de febrero de 2020
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia, encontrándose acreditados en este estadio procesal los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, como asimismo la necesidad de cautela que consigna la alerta c) de la misma disposición, atendido especialmente la pluralidad de ilícitos por los que fue formalizado el imputado, su naturaleza y gravedad, esta Corte comparte lo decidido por el Tribunal a quo, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de 19 de febrero del año en curso, dictada en los autos RIT 5157-2019 por el Juzgado de Garantía de Melipilla, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Héctor Enrique Blanco Maldonado. Devuélvase vía interconexión. N° 496-2020– Penal.
Texto Completo (Preview)
Fecha: veintisiete de febrero de dos mil veinte Sala: Segunda. Rol Corte: 496-2020-Penal Ruc: 1901177211-3 Rit: 5157-2019 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla. Integrantes: Ministros Sr. Roberto Contreras Olivares; Sra. María Carolina Catepillan Lobos y Abogado Integrante Sr Adelio Misseroni Raddatz. Fiscal: Pamela Ballesteros Defensor: Mario Castillo Imputado: Hector Enrique Blanco Maldona
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