JUZGADO DE GARANTIA DE VILLARRICA

MINISTERIO PUBLICO C/ HECTOR ALBERTO NORAMBUENA VIDAL

Rol

Fecha

26 de febrero de 2020

Materia

CULTIVO/COSECHA ESPECIES VEGETALES PRODUCTORAS ESTUPEF. ART. 8

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente que en el caso sublite existió una situación de flagrancia, que se trató además de una diligencia de entrada y registro voluntaria, que se estaba frente a una investigación desformalizada, que la circunstancia que las diligencias realizadas aparecen consignadas en el parte policial no ha sido discutida por la defensa y, que tal como lo ha señalado en la Excelentísima Corte Suprema en diversos fallos, aun cuando se hubiere omitido lo dispuesto en el artículo 227 del Código Procesal Penal, la sola inobservancia de normas procesales no derivan per se en infracción de garantías constitucionales que afecten en su núcleo al debido proceso, desde que para que así sea ésta debe ser patente, real y efectiva lo que no se vislumbra en el presente caso, por lo que de conformidad a lo establecido en el artículo 276 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución de fecha cinco de febrero de dos mil veinte, dictada por el Juzgado de Garantía de Villarrica, y en su lugar, se declara que el auto de apertura de juicio oral deberá incorporar toda la prueba ofrecida por el Ministerio Público y que fue excluida por el referido Tribunal. Devuélvase. Rol N° Penal-135-2020 (pvb).

Fallo

se declara que el auto de apertura de juicio oral deberá incorporar toda la prueba ofrecida por el Ministerio Público y que fue excluida por el referido Tribunal. Devuélvase. Rol N° Penal-135-2020 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, veintiséis de febrero de dos mil veinte. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente que en el caso sublite existió una situación de flagrancia, que se trató además de una diligencia de entrada y registro voluntaria, que se estaba frente a una investigación desformalizada, que la circunstancia que las di

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