MP. C/ EDUARDO ENRIQUE MUÑOZ MÁRQUEZ. QTE: JOSÉ MIGUEL GALDAMES BRAVO. ( CARLOS URBINA SALGADO Y OTRA).
Rol
Fecha
26 de febrero de 2020
Materia
NO DAR CUENTA DE ACCIDENTE DE TRANSITO ART. 196 D 1 LEY 18.290
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Con el mérito de los antecedentes expuestos en estrado y teniendo especialmente presente que la parte querellante aún no ha presentado acusación particular ni se adhirió a la acción penal ejercida por el Ministerio Público, habiendo trascurrido el plazo legal para ello al momento de dictarse la resolución recurrida. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 261, 120 letra a) y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada dictada en audiencia de tres de febrero del presente año, por el Juzgado de Garantía de San Bernardo en los autos RIT O-2260-2019. Comuníquese. N°Penal-352-2020.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiséis de febrero de dos mil veinte. Sala: Segunda Sala Rol Corte: 352-2020-PENAL Ruc: 1900206215-4 Rit: 2260-2019 Juzgado: JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO Relator: María Isabel Saavedra Reyes Digitador (a): Carolina Orellana M. Fiscal: Mauricio Espinoza H. Defensor: Carla Constanzo Imputado: MP. C/EDUARDO ENRIQUE MUÑOZ MARQUEZ Tipo de Recurso: PENAL-APELACION INCIDENTE Deli
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica