SIN INFORMACION

BECERRA/BANCO DELESTADO DE CHILE VISTA CON ING.77456 -2019.-

Rol

Fecha

26 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

DEL ACUERDO - RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en estos autos comparece don Jorge Antonio Becerra Contreras, quien interpone recurso de protección en contra de Banco del Estado de Chile, representada por don Juan Cooper Alvarez, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O”Higgins N° 1111, comuna de Santiago, por haber procedido con fecha 19 de julio de 2019, a descontarle de su cuenta Rut la suma de $397.442, prácticamente la totalidad del dinero que tenía depositado por concepto de su sueldo dejando la cuenta con la suma de $10.211 y al entrar a la sucursal virtual del banco constató que el banco le había descontado esa suma por concepto de pago de un crédito que tenía con esa entidad lo cual constituye un acto de autotutela, ilegal y arbitrario que afecta sus derechos consagrados constitucionalmente en los N° 3 y 24 del artículo 19 de la Carta Fundamental. Por lo anterior solicita se acoja su recurso, y en definitiva se disponga que el banco reclamado restituya a su cuenta rut la suma descontada antes indicada, con costas. SEGUNDO: Que informando el Banco del Estado de Chile solicitó el rechazo de la presente acción, con costas, por no haber incurrido en ninguna conducta ilegal que haya vulnerado alguna garantía constitucional del recurrente, y que haga procedente este recurso, debiendo en su caso el actor haber ejercido las acciones comunes correspondientes para discutir la materia que reclama por esta vía, puesto que en el caso del recurrente el descuento fue efectuado en conformidad a las reglas contractuales acordadas con el cliente al contratar un crédito, en cuya solicitud, en el punto E de la misma el cliente compareciente autorizó al banco “para cargar en mi cuenta corriente, cuenta vista – chequera electrónica, cuenta de ahorro o cualquier otra acreencia que mantenga con el Banco del Estado de Chile…”. De esta forma, lo que el banco efectuó no fue otra cosa que descontar de la cuenta rut del cliente la cuota 16 de la operación de crédito. TERCERO: Qu

Fallo

Por estas consideraciones, y atendido además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre "Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales", se rechaza el recurso de esta especie, deducido en estos autos. Regístrese y archívese. Redacción: Ministro Dobra Lusic. Nº 77067-2019. Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministro señora Dobra Lusic Nadal e integrada, además, por la ministro señora Elsa Barrientos Guerrero y el ministro (S) señor Rafael Andrade Díaz.

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintiséis de febrero de dos mil veinte.- Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que en estos autos comparece don Jorge Antonio Becerra Contreras, quien interpone recurso de protección en contra de Banco del Estado de Chile, representada por don Juan Cooper Alvarez, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O”Higgins N° 1111, comuna de Santiago, por haber procedido con fecha 19 de

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