JUZGADO DE GARANTIA DE VIÑA DEL MAR

MP C/ LEONARDO CATAPRETA DE CARVALHO

Rol

Fecha

25 de febrero de 2020

Materia

DESORDENES PUBLICOS. ART.269.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que, tal como reconoció el Ministerio Público en estrados, se comunicó a los imputados la decisión de no perseverar, por cuanto, de los antecedentes recabados, no se logró demostrar la participación atribuida por carabineros a aquellos. Segundo: Que, asimismo, se reconoció en estrados que no será posible allegar otros antecedentes en el futuro, tendientes a justificar los cargos en contra de los imputados. Tercero: Que, en tales condiciones, en opinión de esta Corte, resulta procedente hacer aplicación de lo dispuesto en el artículo 250 letra b) del Código Procesal Penal, puesto que, si no existe argumento para sostener que en algún tiempo llegará a demostrarse la calidad de autores, cómplices o encubridores de un delito, resulta necesario afirmar que el presupuesto de la referida letra b), se encuentra configurado. Por estas consideraciones, se revoca la resolución apelada de doce de febrero de dos mil veinte dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar y, en su lugar se declara, que se acoge la solicitud y, en consecuencia, se decreta el sobreseimiento definitivo de los imputados Javiera Collao Nuñez y Leonardo Catapreta De Carvalho, en los presentes autos. Comuníquese por la vía más expedita. RIT: O-13439-2019. RUC: 1901174290-7. N° Penal-353-2020.

Fallo

Por estas consideraciones, se revoca la resolución apelada de doce de febrero de dos mil veinte dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar y, en su lugar se declara, que se acoge la solicitud y, en consecuencia, se decreta el sobreseimiento definitivo de los imputados Javiera Collao Nuñez y Leonardo Catapreta De Carvalho, en los presentes autos. Comuníquese por la vía más expedita. RIT: O-13439-2019. RUC: 1901174290-7. N° Penal-353-2020.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, veinticinco de febrero de dos mil veinte, se da inicio a esta audiencia a las 11:56 horas, ante la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones, siendo presidida por la Ministra Sra. Silvana Donoso Ocampo e integrada por la Ministra Suplente Sra. Sandra Cortés Herrera y el Abogado Integrante Sr. Alberto Balbontín Retamales, actuando como mi

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