JOAQUIN PARADA YÁÑEZ CONTRA GENESIS RAYEN GONZÁLEZ RIVERA
Rol
Fecha
24 de febrero de 2020
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Ana Rivera Álvarez, abogado, por don Joaquín Enrique Parada Yáñez, egresado de enseñanza media, cédula nacional de identidad 20.296.265-3, en contra de doña Génesis Rayén González Rivera e Ivana Patricia Bustamante Grandón, en razón de los hechos que pasa a exponer. Indica que el recurrente es un joven de 19 años, que reside con su madres, es egresado de enseñanza media y se encuentra trabajando desde hace meses con el objeto de contar con recursos para ayudar a su familia mientras prepara su PSU, quien llevaba una vida normal hasta que el 4 de diciembre de 2019 su madre fue alertada de la existencia de una funa en una red social, en que se le acusaba de supuestos abusos sexuales por parte de ex compañeras, los que habría cometido durante su infancia y enseñanza media. Durante el curso de ese día la madre del joven recibió además una llamada agresiva por parte de la madre de una de las denunciantes. Manifiesta que Joaquín se encuentra destrozado por las acusaciones efectuadas en redes sociales por hechos que dice desconocer, y que fueron efectuadas por sus ex compañeras de colegio Génesis González Rivera e Ivana Bustamente Grandón, quienes nunca anteriormente le manifestaron al recurrente algún reproche de estas circunstancias. Alega que esta “funa”, tiene como único objeto desprestigiar y afectar la honra del actor, transcribe íntegramente su contenido del que se leen imputaciones por situaciones de bullying y abuso sexual por parte de aquél, niega la ocurrencia de esos hechos y explica que respecto de algunos, se trataba de juegos “jugábamos a abrazarnos y todos nos reíamos mucho” “cuando fui más grande claro me di cuenta que ya de lolos no era un juego apropiado”. Explica que el recurrente tiene una excelente relación con las mujeres ya que es hijo de una madre amorosa y afectiva, también niega las imputaciones de bullying, señalando que los acontecimientos relatados en las publicaciones cuestionadas cor
Texto Completo (Preview)
Certifico que alegó en contra del recurso, la abogada Francisca Millán. San Miguel, 24 de febrero de 2020. Alejandra Soto Nilo, relatora. En San Miguel, veinticuatro de febrero de dos mil veinte. Al escrito folio 12507 y 12527: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Ana Rivera Álvarez, abogado, por don Joaquín Enrique Parada Yáñez, egresado de enseñanza media,
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