2º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

BANCO SANTANDER-CHILE CON GONZÁLEZ VERGARA, JAVIER IGNACIO

Rol

Fecha

24 de febrero de 2020

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Teniendo únicamente presente lo dispuesto en el artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, y considerando, además, que a juicio de estos sentenciadores la última resolución recaída sobre gestión útil, es aquella que consta en el cuaderno ejecutivo con fecha veinte de abril de dos mil dieciocho, pues atendido el efecto en que se concedió los recursos de casación en la forma y apelación, se infiere que el impulso procesal correspondía a la parte ejecutante, quien no efectuó actuación útil alguna para dar curso progresivo a los autos, cumpliéndose en la especie las exigencias legales para decretar el abandono del procedimiento, como se dirá en lo resolutivo; y visto, además, lo dispuesto en los artículos 152, 186, 199 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución apelada de veintisiete de septiembre de dos mil diecinueve, íntegramente trascrita en la carpeta digital, y en su lugar se decide que se acoge la incidencia de abandono del procedimiento solicitado por la ejecutada. Acordada con el voto en contra del abogado integrante sr. Labarca, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, compartiendo sus propios fundamentos. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1420-2019.- Civil.- Pronunciado por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros suplentes señora Caroline Turner González, señor Juan Carlos Espinosa Rojas y el abogado integrante señor Enrique Labarca Cortés. En La Serena, a veinticuatro de febrero de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Fallo

se decide que se acoge la incidencia de abandono del procedimiento solicitado por la ejecutada. Acordada con el voto en contra del abogado integrante sr. Labarca, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, compartiendo sus propios fundamentos. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1420-2019.- Civil.- Pronunciado por la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones, integrada por los Ministros suplentes señora Caroline Turner González, señor Juan Carlos Espinosa Rojas y el abogado integrante señor Enrique Labarca Cortés. En La Serena, a veinticuatro de febrero de dos mil veinte, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

La Serena, veinticuatro de febrero de dos mil veinte. VISTOS: Teniendo únicamente presente lo dispuesto en el artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, y considerando, además, que a juicio de estos sentenciadores la última resolución recaída sobre gestión útil, es aquella que consta en el cuaderno ejecutivo con fecha veinte de abril de dos mil dieciocho, pues atendido el efecto en que se co

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