SIN INFORMACION

LÓPEZ/JUZGADO DE LETRAS DE COLINA

Rol

Fecha

22 de febrero de 2020

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INCOMPETENCIA

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Hechos

hechos fundantes de la acción de amparo se desprende que lo pretentido por el recurrente es la obtención de una unificación del condenas, al tenor de lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales, es inconcuso que el conocimiento de dicha petición corresponde que sea resuelta por el Juez de primer grado que haya dictado la última sentencia condenatoria, motivo por el cual, esta Corte se declara incompetente. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse los antecedentes al 34° Juzgado del Crimen, judicatura que dictó la última sentencia conforme aparece del recurso intentado, para los fines establecidos en el mencionado artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales. Comuníquese al 34° Juzgado del Crimen de Santiago, sirviendo la presente resolución de suficiente oficio remisor. Regístrese y archívese. N°Amparo-389-2020.

Fallo

se declara incompetente. Sin perjuicio de lo anterior, remítanse los antecedentes al 34° Juzgado del Crimen, judicatura que dictó la última sentencia conforme aparece del recurso intentado, para los fines establecidos en el mencionado artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales. Comuníquese al 34° Juzgado del Crimen de Santiago, sirviendo la presente resolución de suficiente oficio remisor. Regístrese y archívese. N°Amparo-389-2020.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintidós de febrero de dos mil veinte. Proveyendo al folio 1: Teniendo especialmente presente que, de los hechos fundantes de la acción de amparo se desprende que lo pretentido por el recurrente es la obtención de una unificación del condenas, al tenor de lo dispuesto en el artículo 164 del Código Orgánico de Tribunales, es inconcuso que el conocimiento de dicha petici

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